lunes, 15 de octubre de 2007

Aprobación en Pleno del nuevo Convenio con CEMEX

En la sesión plenaria de este Ayuntamiento celebrada el día 12 de septiembre de 2007, se aprobó con los votos a favor de PSOE, PP y PAR y los votos en contra de CHUNTA, del convenio entre Ayuntamiento y CEMEX.

El nuevo convenio supone una mejora en cuanto a las toneladas de cemento de un 25 % que pasan de 600 a 750 y de 2.400 a 3200 € para las fiestas de San Roque, incrementándose la donación en un 33 % y dando en este convenio y por primera vez 1.000 € para las fiestas de Santa Barbara.

Además este nuevo convenio refleja la prioridad para vecinos del pueblo a la hora de entrar a trabajar en CEMEX.

Los textos íntegros y literales de ambos convenios se transcriben a continuación al objeto de darles publicidad.

CONVENIO ANTERIOR


REUNIDOS:

De una parte el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MORATA DE JALON (Zaragoza) C.F.I. nº P-5017600G, que en adelante se denominará Ayuntamiento, representado por su Alcaldesa, Ilma Sra. Dª ROSA AZNAR GARCIA.

Y, de otra parte CEMEX ESPAÑA S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en Madrid, C/ Hernandez de tejada nº 1, con CIF nº A-46/004214, que en adelante será denominada CEMEX, representada por D. LUIS ANTONIO FERNANDEZ CRUZ, Director de la Fábrica de cemento de Morata de Jalón (Zaragoza) y con poderes suficientes para este acto.

EXPONEN:

I.- Que actúan ambos por razón de su cargo, en uso de las facultades que tienen conferidas y en nombre y representación de ambas entidades.

II.- Expresan su mutuo interés de establecer los mecanismos y acuerdos idóneos para que las relaciones permanentes entre AYUNTAMIENTO y CEMEX, sean más ágiles, eficaces y fructíferas para ambas partes.

Tras las oportunas conversaciones, han acordado establecer el siguiente

CONVENIO

1.- OBJETO DEL MISMO:

Es objeto de este convenio, el establecer unos acuerdos o compromisos entre las partes, que definan de una manera amplia y precisa el marco que ha de regir las relaciones entre el AYUNTAMIENTO y CEMEX, con respecto a los establecimientos industriales que esta última Sociedad mantiene dentro del término municipal de Morata de Jalón (Zaragoza) y los que pueda establecer en un futuro

2.- COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO:

El AYUNTAMIENTO , teniendo en cuanta el valor social y económico que representa tanto para el municipio de Morata de Jalón como para la Comunidad Aragonesa, la industria integral o de beneficio para la fabricación de cemento, así como las demás instalaciones que Cemex tiene en su término municipal, acuerda y se compromete, en base al espíritu que rige este convenio a:

- Proteger la industria integral (extractiva de recursos naturales y fabril) para producir y expedir cemento, que CEMEX tiene en su término municipal, así como, a favorecer y apoyar, de acuerdo con sus posibilidades, toda iniciativa de ésta conducente a su consolidación o afianzamiento en este Municipio, bien por la realización de mejoras o reformas, bien por ampliación de sus instalaciones, dependencias industriales y explotaciones de recursos naturales, realizadas de acuerdo a la normativa en efecto; todo ello con el fin de que pueda asegurar su competitividad y, consecuentemente, su permanencia y continuidad. Con este objetivo, la actuación del AYUNTAMIENTO en tod momento, se atendrá al cumplimiento de la legalidad vigente reguladora en la materia o materias plantadas en cada caso concreto.
- Dar la máxima prioridad a la tramitación de cualquier solicitud presentada por CEMEX en el AYUNTAMIENTO, que sea competencia de este y destinada al desarrollo industrial referido al apartado anterior.
- En consecuencia con lo anterior, y de acuerdo con los planes de CEMEX para mejora y ampliación del recinto de su fábrica de cemento en Morata de Jalón, el Ayuntamiento reclasificará una serie de terrenos pasándolos de “suelo no urbanizable” a “suelo industrial” a través del procedimiento de modificación previsto en el artículo 73 y s.s. de la Ley 5/1999, Urbanística de Aragón, de 25 de marzo; para ello iniciará y Tramitará de forma inmediata el expediente necesario, desvinculando dicha modificación de la tramitación del nuevo planeamiento para Morata de Jalón, que actualmente se encuentra en fase de avance, a cuyo Plan se incorporará la misma.
Los terrenos propiedad de CEMEX objeto de dicha recalificación, serán los siguientes: parcelas números 143, 144, 145, 146, 147, 148, 151, 153, 154, 156, 157, 158 y 178 del “polígono 2”; parcelas números 222, 223, 224, 225, 220, 221, y 219 del “polígono 1” ; y la parcela número 254 del “polígono 17”, todos ellos de este término municipal, asi como aquellos terrenos que la Compañía plantee como necesarios para la ampliación de su actividad.

El AYUNTAMIENTO, en este planteamiento de reclasificación, ha tenido en cuanta el compromiso ya adquirido, recogido en el anterior convenio, aprobado mediante acuerdo plenario de 28.11.00 y en el cual se contemplaba la recalificación de la mayor parte de las citadas parcelas. Con fecha 08.01.01 fue publicado en el B.O.A. en anuncio por el cual se exponía dicho acuerdo a información pública. Dicho acuerdo fue aprobado con carácter definitivo con fecha 15.02.01.

A considerar o estudiar, a efectos meramente informativos, cualquier información o estudio sobre aplicaciones, innovaciones científicas o tecnológicas que puedan ser de interés en relación con la valorización de residuos en la industria cementera y que CEMEX, a través de su fabricación de Morata de Jalón, pueda trasladarles en razón de su importancia, en relación con una eventual aplicación.

3.- COMPROMISOS DE CEMEX.

CEMEX dentro del espíritu de colaboración que viene manteniendo con el AYUNTAMIENTO, en cuyo municipio tiene un establecimiento industrial dedicado a la fabricación y expedición de cemento, además de otras instalaciones, se compromete a:

Entregar, con carácter voluntario un máximo de SEISCIENTAS TONELADAS ANUALES (600 t/a) de cemento tipo CEM II/A-L 32,5, o equivalente que lo sustituya, a granel o en sacos, para su uso directo en obras municipales o bien para su uso directo en obras declaradas de interés público municipal por el AYUNTAMIENTO. Por anual, se entiende con duración de una año, que comienza el 1º de enero y concluye el día 31 de siembre.

Las entregas de cemento se efectuarán al AYUNTAMIENTO en días laborables, excepto sábados, en el punto de carga o expedición de la fabrica de Morata, sobre camión adecuado, propiedad del AYUNTAMIENTO o contratado por cuenta de este, y en partidas a las 12 toneladas, siempre contra la entrega de un vale de portería de fábrica, que habrá retirado en las oficinas de fábrica (en horario de 8 a 14 h) previa presentación en ésta de un documento convenientemente diligenciado por la Secretaría del AYUNTAMIENTO que acredite suficientemente la petición. Las entregas cada año, tendrán como límite las cantidad máxima fijada anual, no siendo en ningún caso acumulable para años sucesivos las cantidades de cemento anuales no retiradas, ni convertibles en dinero.

Prestar al AYUNTAMIENTO en aquellos asuntos de índole técnica en que lo solicite y en los que pueda colaborar con sus técnicos, en función de su disponibilidad. Teniendo en cuanta que en este tipo de prestación o colaboración no asumirán ninguna responsabilidad de índole técnica o económica, partiendo que la prestación se efectuará siempre bajo el principio de buena fe.

A colaborar a través de la FUNDACION CEMEX ESPAÑA, con una cantidad anual de DOS MIL CUATROCIENTOS EUROS (2.400€), a los actos correspondientes a las Fiestas Patronales de Morata de Jalón (San Roque).

Colaborar con el AYUNTAMIENTO en aquellos actos de tipo cultural en que lo solicite, con el personal técnico de la fábrica de cemento, siempre que sea posible, en seminarios, conferencias, coloquios, etc.

4.- VIGENCIA DEL CONVENIO.

Este convenio una vez firmado y ratificado en pleno municipal, entrará en vigor con carácter retroactivo a partir de enero de 2.007, teniendo vigencia hasta el 31-12-2.007.

5.- RESOLUCION

Este Convenio quedará resuelto automáticamente por incumplimiento de su contenido parcial o total. Para ello bastará con que cualquiera de las partes lo evidencie y lo notifique por escrito a la otra independientemente de cualquier otra acción que se pudiera tomar. El supuesto de resolución no implica ningún tipo de compensación.


6.- CONVENIOS ANTERIORES.

Con la suscripción de este Convenio quedan sin efecto todos los Convenios anteriores a la fecha de entrada en vigor del presente.


Leído por ambas partes el presente Convenio, y encontrado conforme a la voluntad, firman los otorgantes, por duplicado ejemplar este documento, que consta de cuatro hojas escritas por una sola cara, rubricadas marginalmente las tres primeras y firmada la última, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.




CONVENIO ACTUAL:

REUNIDOS:

De una parte el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MORATA DE JALON (Zaragoza) C.F.I. nº P-5017600G, que en adelante se denominará Ayuntamiento, representado por su Alcaldesa, Ilma Sra. Dª CRISTINA ANDRES OSTARIZ.

Y, de otra parte CEMEX ESPAÑA S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en Madrid, C/ Hernandez de tejada nº 1, con CIF nº A-46/004214, que en adelante será denominada CEMEX, representada por D. CARLOS DOMENECH, Director de la Fábrica de cemento de Morata de Jalón (Zaragoza) y con poderes suficientes para este acto.

EXPONEN:

I.- Que actúan ambos por razón de su cargo, en uso de las facultades que tienen conferidas y en nombre y representación de ambas entidades.

II.- Expresan su mutuo interés de establecer los mecanismos y acuerdos idóneos para que las relaciones permanentes entre AYUNTAMIENTO y CEMEX, sean más ágiles, eficaces y fructíferas para ambas partes.

Tras las oportunas conversaciones, han acordado establecer el siguiente

CONVENIO

1.- OBJETO DEL MISMO:

Es objeto de este convenio, el establecer unos acuerdos o compromisos entre las partes, que definan de una manera amplia y precisa el marco que ha de regir las relaciones entre el AYUNTAMIENTO y CEMEX, con respecto a los establecimientos industriales que esta última Sociedad mantiene dentro del término municipal de Morata de Jalón (Zaragoza) y los que pueda establecer en un futuro

2.- COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO:

El AYUNTAMIENTO , teniendo en cuanta el valor social y económico que representa tanto para el municipio de Morata de Jalón como para la Comunidad Aragonesa, la industria integral o de beneficio para la fabricación de cemento, así como las demás instalaciones que Cemex tiene en su término municipal, acuerda y se compromete, en base al espíritu que rige este convenio a:

- Proteger la industria integral (extractiva de recursos naturales y fabril) para producir y expedir cemento, que CEMEX tiene en su término municipal, así como, a favorecer y apoyar, de acuerdo con sus posibilidades, toda iniciativa de ésta conducente a su consolidación o afianzamiento en este Municipio, bien por la realización de mejoras o reformas, bien por ampliación de sus instalaciones, dependencias industriales y explotaciones de recursos naturales, realizadas de acuerdo a la normativa en efecto; todo ello con el fin de que pueda asegurar su competitividad y, consecuentemente, su permanencia y continuidad. Con este objetivo, la actuación del AYUNTAMIENTO en tod momento, se atendrá al cumplimiento de la legalidad vigente reguladora en la materia o materias plantadas en cada caso concreto.
- Dar la máxima prioridad a la tramitación de cualquier solicitud presentada por CEMEX en el AYUNTAMIENTO, que sea competencia de este y destinada al desarrollo industrial referido al apartado anterior.

A considerar o estudiar, a efectos meramente informativos, cualquier información o estudio sobre aplicaciones, innovaciones científicas o tecnológicas que puedan ser de interés en relación con la valorización de residuos en la industria cementera y que CEMEX, a través de su fabricación de Morata de Jalón, pueda trasladarles en razón de su importancia, en relación con una eventual aplicación.

3.- COMPROMISOS DE CEMEX.

CEMEX dentro del espíritu de colaboración que viene manteniendo con el AYUNTAMIENTO, en cuyo municipio tiene un establecimiento industrial dedicado a la fabricación y expedición de cemento, además de otras instalaciones, se compromete a:

Entregar, con carácter voluntario un máximo de SETECIENTAS CINCUENTA TONELADAS ANUALES (600 t/a) de cemento tipo CEM II/A-L 32,5, o equivalente que lo sustituya, a granel o en sacos, para su uso directo en obras municipales o bien para su uso directo en obras declaradas de interés público municipal por el AYUNTAMIENTO. Por anual, se entiende con duración de una año, que comienza el 1º de enero y concluye el día 31 de siembre.

Las entregas de cemento se efectuarán al AYUNTAMIENTO en días laborables, excepto sábados, en el punto de carga o expedición de la fabrica de Morata, sobre camión adecuado, propiedad del AYUNTAMIENTO o contratado por cuenta de este, y en partidas a las 12 toneladas, siempre contra la entrega de un vale de portería de fábrica, que habrá retirado en las oficinas de fábrica (en horario de 8 a 14 h) previa presentación en ésta de un documento convenientemente diligenciado por la Secretaría del AYUNTAMIENTO que acredite suficientemente la petición. Las entregas cada año, tendrán como límite las cantidad máxima fijada anual, no siendo en ningún caso acumulable para años sucesivos las cantidades de cemento anuales no retiradas, ni convertibles en dinero.

Prestar al AYUNTAMIENTO en aquellos asuntos de índole técnica en que lo solicite y en los que pueda colaborar con sus técnicos, en función de su disponibilidad. Teniendo en cuanta que en este tipo de prestación o colaboración no asumirán ninguna responsabilidad de índole técnica o económica, partiendo que la prestación se efectuará siempre bajo el principio de buena fe.

A colaborar a través de la FUNDACION CEMEX ESPAÑA, con una cantidad anual de TRES MIL DOSCIENTOS EUROS (3.200€), a los actos correspondientes a las Fiestas Patronales de Morata de Jalón (San Roque).

A colaborar a través de la FUNDACION CEMEX ESPAÑA, con una cantidad anual de MIL EUROS (1.000 €), a los actos correspondientes a las Fiestas Patronales de Morata de Jalón (Santa Barbara).

Colaborar con el AYUNTAMIENTO en aquellos actos de tipo cultural en que lo solicite, con el personal técnico de la fábrica de cemento, siempre que sea posible, en seminarios, conferencias, coloquios, etc.

CEMEX procurará contratar trabajadores de Morata de Jalón, de acuerdo con las necesidades de la fábrica y siempre que acrediten la formación mínima requerida para el puesto a ocupar y siguiendo en todo momento los criterios de selección.

4.- VIGENCIA DEL CONVENIO.

Este convenio una vez firmado y ratificado en pleno municipal, entrará en vigor a partir de enero de 2.008, teniendo vigencia hasta el 31-12-2.011.

5.- RESOLUCION

Este Convenio quedará resuelto automáticamente por incumplimiento de su contenido parcial o total. Para ello bastará con que cualquiera de las partes lo evidencie y lo notifique por escrito a la otra independientemente de cualquier otra acción que se pudiera tomar. El supuesto de resolución no implica ningún tipo de compensación.


6.- CONVENIOS ANTERIORES.

Con la suscripción de este Convenio quedan sin efecto todos los Convenios anteriores a la fecha de entrada en vigor del presente.


Leído por ambas partes el presente Convenio, y encontrado conforme a la voluntad, firman los otorgantes, por duplicado ejemplar este documento, que consta de cuatro hojas escritas por una sola cara, rubricadas marginalmente las tres primeras y firmada la última, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

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