martes, 18 de diciembre de 2007

Confirmación de la publicación del Pleno relativo a Mularroya

Ya ha sido publicado el texto integro del Pleno Municipal donde se abordó el tema de Mularroya, entre otros de sumo interes para Morata.

Tal como indicamos en la nota anterior y por problemas técnicos ha sido colgado el foro-ciudad pudiendo ir a dicho documento cliqueando en la siguiente dirección:

www.foro-ciudad.com/zaragoza/morata-de-jalon

De continuar los problemas a la hora de introducir textos tan extensos y visto que este modo de publicitarlos es eficiente en el futuro se utilizaran por este Ayuntamiento las dos opciones.

lunes, 17 de diciembre de 2007

Problemas al colgar el texto de los Plenos.

Desde hace un tiempo llevamos teniendo problemas técnicos a la hora de colgar los textos de los Plenos de nuestro Ayuntamiento. Esto es debido a que el blog gratuito que estamos usando no esta pensado para documentos tan extensos.

El Pleno que hemos intentado colgar es el del 16 de Noviembre, en el cual se votó el punto concerniente al embalse de Mularroya, entre otros. Como este tema es de interes, nuestro Ayuntamiento ha enviado en contenido integro del mencionado Pleno a la sección de documentos de www.foro-ciudad.com/zaragoza/morata-de-jalon y estamos a la espera de que el administrador del foro de la conformidad para que tal documento se cuelgue.

De todos modos, quien este interesado en el acta del mencionado Pleno puede ponerse en contacto con la dirección de e-mail infmoratadejalon@hotmail.com y si lo solicita gustosamente le enviaremos el acta.

Pedimos disculpas por estos problemas que son ajenos a nuestra voluntad.

jueves, 15 de noviembre de 2007

PARTE PRIMERA Sesión Plenaria de 4 de Octubre 2007

SESION PLENARIA ORDINARIA DE FECHA 4 DE OCTUBRE DEL 2007.




CONCEJALES ASISTENTES

D. ANTONIO GOMEZ GARCÍA.
Dª. MARIA LUISA TORCAL BORNIQUEL.
Dª IVANA MAINAR GARCILOPEZ.
D. OSCAR EMBID IBAÑEZ.
Dª ANGELA GIL MARTINEZ.
D. JOSE FRANCISCO SANCHO CUARTERO.
D. JOSE ANTONIO ORCE ABENIA.
Dª. ROSA MARIA AZNAR GARCÍA.


En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Morata de Jalón, siéndo las 11,00 horas del día 4 de Octubre del 2007, se reúne la Corporación Municipal en Sesión de carácter Ordinario, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa Dª Maria Cristina Andres Ostariz, y concurren los Sres. Concejales arriba citados, asistidos por la Secretaria-Interventora de la Corporacion Municipal, Dª. Maria Dolores Nuño de la Rosa Ballesteros, que certifica.
Abierta la sesión y declarada pública por la Presidencia, siendo las 11.00 horas, previa convocatoria realizada al efecto con la antelación reglamentaria, se procede a conocer los siguientes asuntos incluídos previamente en el Orden del Día.

1º.- LECTURA Y APROBACION, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.
Toma la palabra la Sra. Alcaldesa declarando abierta la Sesion. Acto seguido la Sra. Presidenta pregunta a los miembros corporativos presentes si tienen que presentar alguna objección al borrador del acta de la sesión anterior de fecha 12 de Septiembre del 2007, que ha sido distribuída previamente con la convocatoria. Acto seguido la Sra. Alcaldesa abre el debate. Terminado, el cuál, y no formulàndose ninguna objeccion especifica, se somete, por Presidencia a votacion el borrador del acta de la Sesion anterior de carácter Extraordinario celebrada con fecha 12 de Septiembre del 2007, resultando aprobada por ocho votos a favor, que suponen, en todo caso, unanimidad de los miembros corporativos presentes.
Se hace constar que la Sra. Concejala Dª. Rosa Maria Aznar se abstiene de tomar parte en la votación por inasistencia a la citada Sesión Plenaria.


2º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, CERTIFICACIÓN Nº 4-LIQUIDACION DE LA OBRA DENOMINADA: “CONSTRUCCIÓN NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE MORATA DE JALON”.


Toma la palabra la Sra Alcaldesa, recordando a los Srs. Concejales que en virtud de Decreto del Alcaldía de fecha 26 de Junio del 2006 (del que se dio cuenta al Pleno Corporativo en Sesion Extraordinaria de fecha 27 de Julio del 2006), se adjudicó la ejecución de la obra denominada: “CONSTRUCCIÓN DE NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE MORATA DE JALON” a la Empresa “GARCAT. Construcciones y excavaciones Andrés Ramón García Catalán” por el precio ofertado de 57.082,57 euros IVA incluido, en virtud del procedimiento administrativo de contratación tramitado al efecto, mediante subasta por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, firmandose el correspondiente contrato administrativo de obra con fecha 3 de Julio del 2006.
Se hace constar por Presidencia, que ha finalizado la ejecución de la obra en su totalidad, emitiendose la certificación nº 4-liquidación con fecha Septiembre del 2007 por el técnico Municipal, D. Rafael Sanchez Jimenez, redactor de proyecto técnico y director técnico de la obra, ascendiendo su importe a la cantidad de 3.841,34 euros, IVA incluido.
Acto seguido la Sra. Alcaldesa abre el debate, terminado al cuál, la Corporación Municipal, en votación ordinaria y por nueve votos a favor que suponen mayoria absoluta del nº legal de miembros de la Corporación Municipal, y en todo caso, unanimidad de los miembros presentes, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Aprobar la Certificación nº 4º-liquidación de la obra denominada: “CONSTRUCCIÓN DE NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE MORATA DE JALON”, emitida con fecha Septiembre del 2007 por el técnico Municipal, D. Rafael Sanchez Jimenez, redactor de proyecto técnico y director técnico de la obra, ascendiendo su importe a la cantidad de 3.841,34 euros, IVA incluido (TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y CUATRO céntimos, IVA incluido).

SEGUNDO: Aprobar la factura nº 81 de fecha 25-09-2007, Proveedro: Empresa adjudicataria de la obra “GARCAT. Construcciones y Excavaciones Andres Ramòn García Catalán,” en concepto de certificación nº 4-liquidación obra: Nichos en el cementerio Municipal de Morata de Jalón, Importe: 3.841,33 euros IVA incluido.

TERCERO: Aprobar el gasto por importe de 3.841,33 euros, y ordenar el pago, con cargo al estado contable de “contraído-resultas”: Restos por pagar Presupuesto Municipal año 2006 (partida 4.4.3-630.03 (Nichos cementerio Municipal).


3º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, MODIFICACIÓN CONTRATO ADMINISTRATIVO DE LA OBRA DENOMINADA: “RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA EN EL MUNICIPIO DE MORATA DE JALON”.


Toma la palabra la Sra. Alcaldesa dando cuenta a la Corporación Municipal del expediente administrativo tramitado para la resolución de la solicitud presentada con fecha 13 de Julio del 2007 (reg. de entrada nº 469) por el Arquitecto redactor del Proyecto técnico y director técnico de la obra, D. Emiliano Gonzalez Galaz, en el que se solicita la modificación del proyecto técnico y del contrato administrativo de obras de la obra denominada: “RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA” inicialmente adjudicado a la Empresa ARTEMON S.A .con fecha 14 de Julio del 2005, por un importe total de 177.405,77 euros, al considerar que se han producido modificaciones/ampliaciones en el proyecto de obras inicial, y que están recogidas en el documento técnico que acompaña al escrito arriba citado, denominado: “PROYECTO MODIFICADO DE RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA EN EL MUNICIPIO DE MORATA DE JALON”, con un presupuesto de ejecución por contrata por importe de 235.884,99 euros IVA incluido.
El escrito de fecha 13 de Julio del 2007, arriba citado, solicitando la modificación del proyecto técnico y del contrato de obras inicial se manifiesta en los siguientes términos:
”D. EMILIANO GONAZALEZ GALAZ, como arquitecto redactor del proyecto “RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA EN MORATA DE JALON”, y arquitecto director técnico de la obra:
EXPONE:
Que una vez comenzadas las obras, se ha visto la necesidad de modificaciones y ampliaciones del proyecto que fue aprobado por el Ayuntamiento de Morata de Jalón y adjudicado a la empresa ARTEMÓN S.A..
Dado que las modificaciones suponen un aumento del Presupuesto,
SE PRESENTA PROYECTO MODIFICADO DE RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA, para que sea, si se tiene a bien, aprobado por parte del Ayuntamiento, y presentado al contratista de la obra para su aceptación.
Igualmente se informa por Presidencia, que han sido abonadas al contratista el importe total de las certificaciones de obra 1ª a 7ª (ambas inclusive) según el siguiente detalle, cuyo importe total, en concepto de abonos a cuenta al contratista, asciende a la cantidad de 159.001,68 euros.

CERTIFICACION Nº 0:
Fecha de emisión: 31 Agosto 2005.
Importe:11.879,44euros.
Concepto: honorarios redaccion proyecto técnico y estudio de seguridad y salud. Fecha de aprobación: Sesión Plenaria ordinaria fecha 3 de Noviembre 2005.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Importe subvención: 60.000 euros.

CERTIFICACIÓN Nº 1:
Fecha de emisión: 30 Septiembre 2005.
Importe: 11.458,06 euros.
Concepto: Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria ordinaria fecha 3 de Noviembre 2005.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Importe subvención: 60.000 euros.

CERTIFICACION Nº 2:
Fecha de emisión: 31 Octubre 2005.
Importe:36.676,49euros
Concepto: a).- 4.380,00 euros: honorarios dirección téc. arquitecto y aparejador
b).-33.196,49 euros, Ejecución efectiva de obra
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Ordinaria de fecha 3 Noviembre 2005.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Anualidad 2004 Importe subvención: 60.000 euros.
CERTIFICACION Nº 3
Fecha de emisión: 30 Diciembre 2005.
Importe:13.928,88euros.
Concepto: Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Extraordinaria fecha 18 Enero 2006.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Anualidad 2005 Importe subvención: 50.000 euros.

CERTIFICACION Nº 4
Fecha de emisión: 30 Enero 2006.
Importe:16.505,51euros.
Concepto: Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Ordinaria fecha 6 Abril 2006.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Anualidad 2005 Importe subvención: 50.000 euros.

CERTIFICACION Nº 5
Fecha de emisión: 28 Febrero 2006.
Importe:19.567,14euros.
Concepto: Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Extrardinaria fecha 24 Mayo 2006.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Anualidad 2005 Importe subvención: 50.000 euros.

CERTIFICACION Nº 6
Fecha de emisión: 23 Noviembre 2006.
Importe:49.138,15euros.
Concepto: a).- 10.589,44: Honorarios arquitecto redacc. Proy.. tec. 2ª fase.
b).- 38.548,71: Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Extrardinaria fecha 27 Noviembre 2006.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2006-2007. Anualidad 2006 Importe subvención: 45.000 euros.

CERTIFICACION Nº 7

Fecha de emisión: Junio 2007.
Importe:30.000,00euros.
Concepto: a).- : 4.203,11 Honorarios direc. Tecnica, arquitecto y aparejador.
b).- 25.796,89 : Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Extrardinaria fecha 9 Julio 2007.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2006-2007. Anualidad 2007 Importe subvención: 30.000 euros.


IMPORTE TOTAL PAGADO A CUENTA DE LAS CERTIFICACIONES DE OBRA AL CONTRATISTA:……………….. 159.001,68 EUROS.

IMPORTE TIPO LICITACIÓN ADJUDICACIÓN OBRA SEGÚN CONTRATO…………………………………177.405,77 EUROS.

IMPORTE DIFERENCIA PENDIENTE DE PAGO A CUENTA DE CERTIFICACIONES A FAVOR DEL CONTRATISTA HASTA LIQUIDACION FINAL OBRA…….....................………………18.404,09 EUROS.

IMPORTE HONORARIOS PAGADOS EN CONCEPTO DE DIRECCIÓN TÉCNICA DE OBRA AL ARQUITECTO Y APAREJADOR…………………………......... 31.051,99 EUROS.

IMPORTE PROYECTO MODIFICADO DE LA OBRA…………………235.884,99 EUROS.


Se concluye por la Sra. Alcaldesa, que importe total del Proyecto modificado asciende a la cantidad de 235.884,99 a lo que hay que añadirle el correspondiente coeficiente de baja que tuvo lugar en la subasta de adjudicación inicial de la obra: 0,9675. Realizada esta operación el importe de adjudicación de la modificación del contrato de obra asciende a la cantidad total de: 228.218,72 euros. De dicha cantidad se ha pagado al contratista, en base a las certificaciones a cuenta emitidas por el arquitecto redactor del proyecto tecnico y director de obra, un total de 159.001,68 euros, por lo que la cantidad pendiente de pago al contratista por la modificación del contrato de obras propuesta asciende a un TOTAL POR IMPORTE DE: 69.217,04 euros.
Visto el informe técnico de fecha 13 de Julio del 2007, emitido por el redactor del proyecto técnico y Director de las obras, D. Emiliano Gonzalez Galaz, en el que se indican las modificaciones y ampliaciones que han surgido en el transcurso de la obra mediante la descripción de las unidades de obra ampliadas, los imprevistos y las unidades no ejecutadas del proyecto inicial. Visto el informe técnico de fecha 13 de Julio del 2007 (reg. de entrada nº 678, de fecha 9 de Octubre del 2007) emitido por D. Emiliano Gonzalez Galaz, en el que se hace constar que “El proyecto modificado tiene un presupuesto de ejecución por contrata de 235.884,99 euros, lo que supone un aumento de obra de un 28,64222% sobre el proyecto inicial”. /………Igualmente “No se considera procedente la convocatoria de una nueva licitación por las unidades de la modificación, ya que se encuentran los andamios colocados hasta la cúpula de la torre y sería más costoso su desmontaje y vuelta a montar, además de la urgencia de reponer la cúpula por las inclemencias meteorológicas”.
Visto el informe Juridico y de intervención emitido por secretaría con fecha 17 de Julio del 2007, donde se indica el procedimiento a seguir y la procedencia para tramitar la modificación del contrato de obras inicialmente firmado entre las partes, así como el reciente informe de Intervención emitido por Secretaría-Intervención con fecha 2 de Octubre del 2007, en el que se hace constar la existencia de crédito adecuado y suficiente para la cobertura presupuestaria de la modificación contractual propuesta.
A tenor de lo dispuesto en los artículos 234, 29 30 de la Ley 7/99, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón en relación con el Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos para las Administraciones Públicas: artículos 14,42, 54, 59, 67, 69, 102, 103, 112, 114, 140, 146, 149, 154, 182, 189, 192, 210, 212, 213, y 218, y el Reglamento General de Contratación., Decreto 3410/75, de 25 de noviembre: artículos 146 a 152, la Corporación Municipal, en votación ordinaria y por ocho (8).votos a favor que suponen mayoria absoluta del nº legal de miembros de la Corporación Municipal, y en todo caso, unanimidad de los miembros corporativos presentes, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Aprobar la modificación del proyecto técnico y contrato administrativo de las obras denominadas: “PROYECTO MODIFICADO DE RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA EN EL MUNICIPIO DE MORATA DE JALON” con un presupuesto total (IVA incluido) por importe de: 235.884,99 euros, cuya formalización se produjo mediante documento administrativo de fecha 14 de Julio del 2005 con la empresa: “ARTEMÓN S.A. TÉCNICAS DE ARQUITECTURA MONUMENTAL”. Dicha modificación supone un incremento del 28,64222 % del precio primitivo del contrato incial, siendo obligatorio por parte del contratista su ejecución.
SEGUNDO: Aprobar el gasto por un importe total de 69.217,04 euros IVA incluido, con cargo a la partida 4.5.3-611.00 (Rehabilitación Torre Iglesia Sta. Ana) del Capitulo VI (inversiones reales) del Presupuesto Municipal del presente año 2007, con una consignación presupuestaria por importe de 102.454,21 euros, (a fecha 30 de Septiembre del 2007) haciendo una reserva por el mismo importe para dar cobertura al citado gasto. TERCERO: Dar traslado de certificación del presente acuerdo Plenario a la empresa adjudicataria de las obras, “ARTEMÓN S.A. TÉCNICAS DE ARQUITECTURA MONUMENTAL”, en cumplimiento del trámite de audiencia al contratista, por plazo de 10 días naturales a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación del presente acuerdo plenario, entendiéndose aprobada definitivamente la presente modificación del proyecto técnico y del correspondiente contrato administrativo de obras, caso de que no se produzca ninguna alegación o manifestación en contra por parte de la citada empresa adjudicataria de la obra.. Todo ello dando cumplimiento de lo dispuesto en el artc. 146.3 del RDL 2/2000, de 16 de Junio, TRLCAP.CUARTO: Autorizar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, para la firma de cuantos documentos resulten necesarios para la ejecución de presente acuerdo.

4º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, BORRADOR CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE AYUNTAMIENTO DE MORATA DE JALÓN Y LA EMPRESA “CEMEX ESPAÑA S.A.” PARA SUMINISTRO DE CEMENTO.


Se da cuenta por Presidencia de las conversaciones mantenidas con el Empresa "CEMEX ESPAÑA S.A.." a fin de determinar el contenido del nuevo Convenio a suscribir entre la referida Empresa y el Ayuntamiento de Morata de Jalon, que derogaría al anterior (aprobado en Sesion Plenaria Extraordinaria de fecha 16 de Septiembre del 2004) vigente hasta el dia 31-12-2007. Se procede por Presidencia a dar lectura al contenido del citado documento, del que se destacan como aspectos màs importantes los siguientes: “OBJETO DEL CONVENIO: Establecer acuerdos o compromisos entre las partes que definan de una manera amplia y precisa el marco que ha de regir las relaciones entre el Ayuntamiento y Cemex con respecto a los establecimientos industriales que esta ùltima Sociedad mantiene dentro del Tèrmino Municipal de Morata de Jalon y los que pueda establecer en un futuro.

COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO:
-Proteger la industria integral (extractiva de recursos naturales y fabril) para producir y expedir cemento, que CEMEX tiene en su término Municipal, así como, favorecer y apoyar de acuerdo con sus posibilidades, toda iniciativa de Cemex conducente a su consolidacion o afianzamiento en el Municipio, bien por mejoras, reformas o ampliacion de sus instalaciones, dependencias industriales y explotaciones de recursos naturales realizadas de acuerdo con la normativa al efecto, que asegure su competitividad y consecuentemente su permanencia y continuidad. Con este objetivo la actuación del Ayuntamiento, en todo momento, se atendrá al cumplimiento de la legalidad vigente reguladora de la materia o materias planteadas, en cada caso concreto.

-Dar la máxima prioridad en la tramitacion de cualquier solicitud presentada por CEMEX en el Ayuntamiento, que sea competencia de éste y destinada al desarrollo industrial referido en el apartado anterior.

-. A considerar o estudiar, a efectos meramente informativos, cualquier información o estudio, sobre aplicaciones, innovaciones científicas, o tecnológicas que puedan ser de interés en relacion con la valorización de residuos en la industria cementera y que CEMEX, a través de su fábrica de Morata de Jalon, pueda trasladarles en razón de su importancia, en relacion con una eventual aplicación.


COMPROMISOS DE CEMENTOS MORATA:

.- CEMEX dentro del espíritu de colaboración que viene manteniendo con el Ayuntamiento, en cuyo Municipio tiene un establecimiento industrial dedicado a la fabricación y expedición de cemento, además de otras instalaciones, se compromete a:
-Entregar con carácter voluntario, un màximo de SETECIENTAS CINCUENTA TONELADAS ANUALES (750 t/a.) de cemento tipo CEM II/A-L 32,5, o equivalente que lo sustituya, a granel o en sacos para su uso directo en obras municipales o declaradas de interès publico municipal por el Ayuntamiento. Por anual se entiende con duracion de un año, del 1 de Enero al 31 de Diciembre.

Las entregas de cementos se efectuaràn al Ayuntamiento en dias laborables, excepto sábados, en el punto de carga o expedicion de la fàbrica de Morata sobre camion adecuado propiedad del Ayuntamiento o contratado por cuenta de éste, y en partidas superiores a 12 t. siempre contra la entrega de un vale en la porteria de la fàbrica, que antes se habrà retirado de las oficinas de fàbrica (en horario de 8 a 14 horas) previa presentacion en esta de un documento convenientemente diligenciado por la Secretaria del Ayuntamiento que acredite suficientemente la peticion. Las entregas cada año tendràn como limite la cantidad fijada anual, no siendo en ningun caso acumulables para años sucesivos las cantidades de cemento anuales no retiradas, ni convertibles en dinero.

-Prestar ayuda al Ayuntamiento en aquellos asuntos de índole técnica en que lo solicite y en los que pueda colaborar con sus técnicos en función de su disponibilidad. Teniendo en cuenta que, en este tipo de colaboración o prestación, no asumirán ninguna responsabilidad de índole técnica o económica, partiendo que la prestación se efectuará siempre bajo el principio de la buena fe.
-. Colaborar a través de LA FUNDACION CEMEX ESPAÑA, con una cantidad anual de TRES MIL DOSCIENTOS EUROS (3.200,00 EUROS)a los actos correspondientes a las Fiestas Patronales de Morata de Jalon (San Roque).

-. Colaborar con el Ayuntamiento en aquellos actos de tipo cultural en que lo solicite, con el personal técnico de la fábrica de cementos, siempre que sea posible, en: seminarios, conferencias, coloquios etc.

.- CEMEX procurará contratar trabajadores de Morata de Jalón, de acuerdo con las necesidades de la fábrica y siempre que acrediten la formación mínima requerida para el puesto a ocupar y siguiendo en todo momento los criterios de selección.



VIGENCIA DEL CONVENIO:

Este convenio, una vez firmado y ratificado por el Pleno Municipal, entrarà en vigor a partir de 1º de Enero del 2008, teniendo vigencia hasta el 31-12-2011.



RESOLUCIÓN:

Este convenio quedarà resuelto automàticamente por incumplimiento de su contenido total o parcial. Para ello bastarà con que cualquiera de las partes lo evidencie y lo notifique por escrito a la otra independientemente de cualquier otra acción que se pudiera tomar. El supuesto de resolución no implica ningùn tipo de compensacion.
CONVENIOS ANTERIORES:


Con la suscripción de este Convenio quedan sin efecto todos los Convenios anteriores a la fecha de entrada en vigor del presente.”


Acto seguido se abre el debate por la Sra. Alcaldesa. Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Rosa Maria Aznar, manifestandose en los siguientes términos: “Es un convenio mejorado en toneladas de cemento, pero creo que sería conveniente negociar un convenio de más enjundia. Hay una importante perspectiva con la empresa CEMEX de aportación de una importante cantidad de dinero para colaborar en la financiación de una obra municipal, pero este asunto sería objeto de otro Convenio.A continuación Toma la palabra el Sr. Concejal D. Frco. Sancho: “Creo que se ha sacado a debate una cuestión que tendría que ser objeto de otra Sesión Plenaria o moción, el convenio es el mismo que otros años pero mejorado en un 20% de cemento. La valorización energética de residuos será objeto de otro asunto en otro Pleno. En todo caso el texto del convenio lo habéis tenido en vuestro poder y podíais haber propuesto una modificación en su contenido.”

Interviene la Sra. Alcaldesa: “Con este convenio no abrimos ninguna puerta a la incineración o valorización de otro tipo de residuos”.

El problema que se plantea en el Convenio que se negocia es el tema de la “valorización energética de las harinas cárnicas”, se trata más bien de un eufemismo, por lo tanto nuestra propuesta es modificar la frase “biomasa de origen natural” procediendose por la Sra. Concejala a la lectura íntegra del texto que se propone con carácter alternativo.
Igualmente el párrafo que dice: “A considerar o estudiar, a efectos meramente informativos, cualquier información o estudio, sobre aplicaciones, innovaciones científicas, o tecnológicas que puedan ser de interés en relacion con la valorización de residuos en la industria cementera y que CEMEX, a través de su fábrica de Morata de Jalon, pueda trasladarles en razón de su importancia, en relacion con una eventual aplicación.”, se propone su sustitución por un texto alternativo que la Sra. Concejala procede a dar lectura.

Acto seguido toma la palabra el Sr. Concejal D. Oscar Embid: “No se va a aprobar ningún tipo de quema o incineración que no sea estrictamente con biomasa de origen natural y creemos que esta cláusula se tendría que plasmar expresamente en el Convenio.”Terminado el debate, la Corporación Municipal en votacion ordinaria y por cinco votos a favor, de los Srs. Concejales D. Frco. Sancho, D. Antonio Gomez, Dª Maria Luisa Torcal y Dª. Angela Gil, y la Sra. Alcaldesa Dª. Cristina Andres, que suponen mayoria absoluta del número legal de miembros integrantes de la Corporación Municipal, y cuatro votos en contra de los Srs. Concejales Dª. Rosa Aznar, D. Oscar Embid, Dª. Ivana Mainar y D. Jose Antonio Orce, adoptò el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el Covenio de Colaboracion entre el Ayuntamiento de Morata de Jalon y la Empresa "CEMEX ESPAÑA S.A.", en los tèrminos manifestados en la parte expositiva del presente acuerdo Plenario.
SEGUNDO: Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, Dª. Cristina Andres Ostariz, para que proceda a la firma del citado documento, en nombre y representacion del Ayuntamiento de Morata de Jalon, procediendose a dicha firma exclusivamente entre la
Sra. Alcaldesa en representacion del Ayuntamiento y el Sr. Director de la Empresa, D. Carlos Doménech Jordá, en nombre y representacion de “CEMEX ESPAÑA S.A.”


TERCERO: Notificar certificacion del presente acuerdo plenario a la empresa "CEMEX ESPAÑA S.A." para su constancia y efectos.
5º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, CONCLUSIONES ELABORADAS POR LA COMISIÓN TÉCNICA DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA “AGENDA 21 LOCAL”.


Toma la palabra la Sra. Alcaldesa explicando, en términos generales, qué es la Agenda 21 Local, en los siguientes términos: El Plan de acción Local es un documento que define las líneas de actuación para el desarrollo de una correcta política municipal que responda al compromiso de la Corporación Local para la promoción de un desarrollo sostenible.
El documento del “PLAN DE ACCIÓN LOCAL DEL MUNICIPIO DE MORATA DE JALÓN”, tiene como objetivo promover el desarrollo del Municipio en criterios económicos, sociales y ambientales sostenibles.
En este sentido, para poder elaborar un adecuado PLAN DE ACCIÓN, se han tomado como base las aportaciones derivadas del diagnóstico técnico, del diagnóstico cualitativo y de las Entidades Locales, que a través del análisis de los aspectos estructurales y ambientales, permite conocer la situación real del municipio y así poder planificar el futuro sostenible de Morata de Jalón, siéndo en todo caso, requisito legal y previo necasario, que la propuesta del PLAN DE ACCIÓN LOCAL debe ser aprobado por el Pleno Municipal.
Dicha propuesta en su formulación inicial se basaba en los siguientes aspectos fundamentales:

1º.- Construcción de un polígono industrial.
2º.- Fomento del turismo natural y cultural.
3º.- Creación de un servicio de asesoría de orientanción empresarial.
4º.- Freno a la construcción del embalse y el trasvase.
5º.- Oferta de viviendas para jóvenes y personas de fuera del Municipio.
6º.- Creación de una bolsa municipal de viviendas de alquiler.
Finalizada su exposición la Sra. Alcaldesa abre el debate. Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Rosa Maria Aznar: “Antonio nos entregó el PLAN DE ACCIÓN LOCAL dentro del progama de la Agenda Local 21, después de todo un proceso en el que tuvo lugar una gran participacion asamblearia, pero no necesariamente el Pleno
Municipal tiene que aprobar esta propuesta que se ha formulado, porque no es vinculante. El PSOE propone aprobar la propuesta tal cual está formulada excepto la actuación del pantano de Mularroya, y la CHUNTA propone que se apruebe EL PLAN DE ACCIÓN tal y como está formulado, respetando sus términos literales, después de todo el proceso de participación y colaboración ciudadana, sin excluir ninguno de sus puntos.”

Finalizado el debate, la Corporación Municipal en votacion ordinaria y por cinco votos a favor, de los Srs. Concejales D. Frco. Sancho, D. Antonio Gomez, Dª Maria Luisa Torcal y Dª. Angela Gil, y la Sra. Alcaldesa Dª. Cristina Andres, que suponen mayoria absoluta del número legal de miembros integrantes de la Corporación Municipal, y cuatro votos en contra de los Srs. Concejales Dª. Rosa Aznar, D. Oscar Embid, Dª. Ivana Mainar y D. Jose Antonio Orce, adoptò el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el PLAN DE ACCIÓN LOCAL DEL MUNICIPIO DE MORATA DE JALÓN, en los términos elaborados en la propuesta formulada y elaborada por la comisión técnica de seguimiento del programa “Agenda Local 21” (Ayuntamiento de Morata de Jalon, Exma. Diputación Provincial de Zaragoza, Fundación Ecología y Desarrollo y la Empresa Geyges 2001 S.L.), incluyendo dentro del mismo las ACCIONES que a continuación se describen:
1º.- DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE UN POLÍGONO INDUSTRIAL: Identificación de los sectores a los que se debe dirigir dicho polígono y búsqueda activa de posibles empresas para su instalación en el mismo. Promoción en el sector empresarial.
2º.- FOMENTO DEL TURISMO NATURAL Y CULTURAL: El patrimonio cultural (Palacio de los Condes……) y natural (zona de escalada, rutas ciclistas…) ha de ser fomentado y explotado como fuente de ingresos y empleo para el municipio. Acondicionamiento y señalización de las zonas de interés natural y cultural, edición de guías informativas y creación de un taller de empleo destinado a formar a guías de la naturaleza y expertos en el sector turístico.
3º.- CREACIÓN DE UN SERVICIO DE ASESORÍA DE ORIENTACIÓN EMPRESARIAL, para jóvenes emprendedores y empresarios, identificando las necesidades de la población, realizando jornadas formativas y coordinación comarcal para crear un servicio común de asesoría.
4º.- OFERTA DE VIVIENDAS PARA JÓVENES Y PERSONAS DE FUERA DEL MUNICIPIO: Creación de un instituto municipal de la vivienda que saque a concurso la construcción de viviendas en terreno municipal, creación de una bolsa municipal de viviendas de alquiler para las personas que se desplazan a Morata de Jalón por motivos laborales, fomento del cooperativismo desarrollando jornadas informativas sobre experiencias similares en otras ubicaciones de Aragón y apoyo municipal a la constitución de cooperativas inmobiliarias.
SEGUNDO: Remitir certificación del presente acuerdo Plenario al órgano gestor de la Agenda Local 21 del Municipio de Morata de Jalón para su constancia.

6º.- CONTESTACIÓN PETICIÓN FORMULADA POR EL VECINO DE ESTA LOCALIDAD D. CECILIO GARZA.

Toma la palabra la Sra. Alcaldesa, dando cuenta del escrito remitido al Ayuntamiento por el vecino de la Localidad, D. Cecilio Garza Trasobares, con fecha 28 de Agosto del 2007 (reg. de entrada nº 545), en el que expone que es propietario de una finca rústica (monte), procedente de los propios del Municipio de Chodes, en la partida denominada “Jabacín” de 380 hectáreas de superficie, inscrita a su nombre en el registro de la Propiedad de la Almunia de Doña Godina, detectando que, en dicha finca de su propiedad, se llevó a cabo por el Ayuntamiento de Morata de Jalón la plantación de árboles y la instalación de un sistema de riego a goteo, tanto en el camino perteneciente a la finca como en las parcelas nº 125, 267, 416, 417 y 419 del Poligono nº 4 del Término Municipal de Chodes, sin que en ningún momento fuese consultado para dar su autorización a dichas actuaciones. Haciendo constar que, la principal dedicación de la finca es la explotación agrícola y ganadera, pudiendo perjudicar la plantación de dichos árboles el tradicional uso de la finca como pasto ganadero y que la instalación del riego a goteo supone un peligro por su ubicación lateral y transversal al camino, tanto para las personas y animales, como para los vehículos que circulan por el mismo.
En base a lo expuesto, solicita la retirada de la totalidad de la instalación del sistema de riego a goteo y se proceda al trasplante de los árboles.
Tras la exposición de los hechos, la Sra. Alcaldesa se manifiesta en los siguientes términos: “La postura del Ayuntamiento y del equipo de gobierno, es que en absoluto, estamos en contra de los árboles, ni estamos en contra de regarlos, es más, se ha ordenado a los empleados municipales que los rieguen dos veces por semana. En todo caso el Ayuntamiento está a favor de plantar árboles en terreno municipal o privado, pero en este último caso, con autorización expresa del propietario del terreno o finca de que se trate. Por tanto la propuesta del equipo de gobierno es retirar el sistema de riego a goteo pero mantener los árboles que se plantaron en su día, intentando que no les afecte esta situación, y en definitiva parece que sólo hay ocho árboles secos de los más de setenta que se plantaron”.
Toma la palabra el Sr. Concejal D. Oscar Embid manifestandose en los siguientes términos: “Lo único que pedimos es que los árboles no se sequen”. Se contesta por la Sr. Alcaldesa que se ha dado orden de que todos los jueves se riegen.
Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Maria Luisa Torcal, manifestandose en los siguientes términos: “Te recrimino Oscar. Los árboles son sagrados, pero siempre y cuando estén puestos en terreno municipal, pero los habéis plantado en caminos rurales (como es el camino de acceso al rocódromo), que además pertenece al Término Municipal de Chodes y en terrenos de propiedad privada, sin pedir previamente autorización al Ayuntamiento de Chodes ni permiso al propietario de los terrenos donde se han plantado los árboles.”

Tras la exposición de los hechos, la Sra. Alcaldesa se manifiesta en los siguientes términos: “La postura del Ayuntamiento y del equipo de gobierno, es que en absoluto, estamos en contra de los árboles, ni estamos en contra de regarlos, es más, se ha ordenado a los empleados municipales que los rieguen dos veces por semana. En todo caso el Ayuntamiento está a favor de plantar árboles en terreno municipal o privado, pero en este último caso, con autorización expresa del propietario del terreno o finca de que se trate. Por tanto la propuesta del equipo de gobierno es retirar el sistema de riego a goteo pero mantener los árboles que se plantaron en su día, intentando que no les afecte esta situación, y en definitiva parece que sólo hay ocho árboles secos de los más de setenta que se plantaron”.

Toma la palabra el Sr. Concejal D. Oscar Embid manifestandose en los siguientes términos: “Lo único que pedimos es que los árboles no se sequen”. Se contesta por la Sr. Alcaldesa que se ha dado orden de que todos los jueves se riegen.
Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Maria Luisa Torcal, manifestandose en los siguientes términos: “Te recrimino Oscar. Los árboles son sagrados, pero siempre y
Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Rosa Maria Aznar: “Hablamos, en su momento, con Cesar, el Alcalde de Chodes, y nos dijo que no había problemas, pensando siempre que era un camino vecinal, pero nunca pensé que era (al menos en parte) un camino privado, propiedad de Cecilio Garza, y cuando me enteré le dijimos si quería que le pidieramos autorización.”

Acto seguido toma la palabra el Sr. Concejal D. Frco. Sancho: “Se alude a los escritos de Garza solicitando al Ayuntamiento quitar el sistema del riego a goteo y también los árboles. La propuesta formulada por la Sra. Alcaldesa es quitar el riego pero no los árboles. Se trata de una solución salomónica y en todo caso el propietario afectado, Cecilio Garza, tiene potestad para ejercer las acciones legales que considere”.
Finalizado el debate, la Corporación Municipal en votación ordinaria y por nueve votos a favor, que suponen, en todo caso, unanimidad del nº legal de miembros integrantes de la misma, adoptó el siguiente acuerdo
PRIMERO: En relación con el escrito remitido a este Ayuntamiento por el vecino de la Localidad D. Cecilio Garza Trasobares, con fecha 28 de Agosto del 2007 (reg. de entrada nº 545 de igual fecha), cuyo contenido se transcribe literalmente en la parte expositiva del presente acuerdo plenario, se acuerda acceder a la petición formulada por el interesado en el escrito de referencia en lo relativo a la retirada de la totalidad de la instalación del sistema de riego a goteo que realizó este Ayuntamiento en una finca propiedad del reclamante, en concreto “finca rústica (monte), procedente de los propios del Municipio de Chodes, en la partida denominada “Jabacín” de 380 hectáreas de superficie, inscrita a su nombre en el registro de la Propiedad de la Almunia de Doña Godina,”.
No obstante, en relación con la segunda petición formulada por el solicitante, D. Cecilio Garza Trasobares, se acuerda mantener los árboles plantados, procurando atender y controlar su estado de conservación en condiciones idóneas evitando en todo lo posible que lleguen a secarse, por considerar que se produciría un perjuicio mayor de carácter medio-ambiental y de impacto visual si se procede a la tala o arrancado de dichos árboles que manteniendoles en adecuadas y óptimas condiciones de conservación.
SEGUNDO: Notificar certificación del presente acuerdo plenario al interesado, D. Cecilio Garza Trasobares, con indicación de los recursos que, en su caso, proceda ejercer en defensa de sus derechos e intereses.
7º.- CONCESIÓN, SI PROCEDE, BADENES PERMANENTES.

Se da cuenta por Presidencia de la solicitud presentada por D. Daniel Martinez Ramos, relativa a la solicitud de autorizacion para la instalacion de un baden permanente en edificio (garaje) de su propiedad sito en C/ Lanuza nº 16, haciendo constar la existencia de informe favorable emitido al respecto por el Aparejador municipal, D. Rafael Sanchez Jimenez, con fecha 5 de Septiembre del 2007, en el que se hacen constar los siguientes condicionamientos:
“.- No se podrá invadir la calzada con rampas, tablones Etc.”
Tras breve deliberacion, la Corporacion Municipal, en votacion ordinaria y por 9 votos a favor, que suponen unanimidad del nº legal de miembros integrantes de la Corporación Municipal, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Conceder autorizacion al solicitante, D. Daniel Martinez Ramos, para la instalacion de un baden permanente en edificio (garaje) de su propiedad sito en C/ Lanuza nº 16, del Municipio de Morata de Jalon.
SEGUNDO: Imponer como obligacion contributiva una tarifa por importe de 3,00 euros/metro lineal, con devengo anual, en concepto de tasa por entrada de vehiculos a traves de las aceras, segun lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 10 (artc. 14) vigente en este Municipio.
TERCERO: Notificar certificacion del presente acuerdo plenario al peticionario D. Daniel Martinez Ramos, junto con la liquidacion correspondiente en concepto de tasa, e indicación de los recursos que procedan en derecho.
Se da cuenta por Presidencia de la solicitud presentada por D. Juan Manuel Martinez, relativa a la solicitud de autorizacion para la instalacion de un baden permanente en edificio (garaje) de su propiedad sito en C/ Barranco Eras s/n haciendo constar la existencia de informe favorable emitido al respecto por el Aparejador municipal, D. Rafael Sanchez Jimenez, con fecha 5 de Septiembre del 2007, en el que se hacen constar los siguientes condicionamientos:
“.- No se podrá invadir la calzada con rampas, tablones Etc.”
Tras breve deliberacion, la Corporacion Municipal, en votacion ordinaria y por 9 votos a favor, que suponen unanimidad del nº legal de miembros integrantes de la Corporación Municipal, adoptó el siguiente acuerdo:

PARTE SEGUNDA Sesión Plenaria de 4 de octubre de 2007

PRIMERO: Conceder autorizacion al solicitante, D. Juan Manuel Martinez, para la instalacion de un baden permanente en edificio (garaje) de su propiedad sito en C/ Barranco Eras s/n, del Municipio de Morata de Jalon.

SEGUNDO: Imponer como obligacion contributiva una tarifa por importe de 3,00 euros/metro lineal, con devengo anual, en concepto de tasa por entrada de vehiculos a traves de las aceras, segun lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 10 (artc. 14) vigente en este Municipio.

TERCERO: Notificar certificacion del presente acuerdo plenario al peticionario D. Juan Manuel Martinez, junto con la liquidacion correspondiente en concepto de tasa, e indicación de los recursos que procedan en derecho.

8º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, FACTURAS PENDIENTES DE PAGO Y REPAROS DE INTERVENCIÓN.


Toma la palabra la Sra. Alcaldesa, procediendo a dar lectura de las facturas pendientes de pago existentes a la fecha de celebración de la presente Sesión Plenaria, cuyo importe excede de 3.000 euros (según distribución de competencias en materia de pagos que figura en las bases de ejecución del presupuesto), a efectos de su aprobación y cuya relación es la siguiente:

1º.-Factura nº 7000947, de fecha 19-09-07, Empresa: Gold Net Hard y Software, concepto: adquisición equipos informáticos, Importe: 5.174,05 euros.
2º.- Factura nº 85, de fecha 03/10/2007, Empresa: Soc.Coop., Concepto: trabajos de pintura en escuelas municipales, Importe: 19.741,92 euros.
3º.- Factura nº 07F0852, de fecha 17/09/2007, Empresa: Talleres J.J. Agapito S.L., trabajos realizados para instalación parque infantil en Plaza España de la Localidad, Importe: 6.993,73 euros.
4º.- Factura nº 07F0839, de fecha 17/09/2007, Empresa: Talleres J.J. Agapito S.L., instalación columpio de madera de dos plazas, y tobogán en Plaza España de la Localidad, Importe: 3.260,74 euros.
5º.- Factura nº 17, de fecha 24/09/2007, Empresa: Rafael Joven Pascual, concepto: Obra acondiconamiento planta baja archivo almacén en Casa Consistorial, Importe: 15.460,48 euros.

6º.- Factura nº 2005029, de fecha 7 Octubre 2005, Empresa “Puntel Metálicos S.L.”, concepto: trabajos realizados en el cementerio municipal: postes, barras, plataformas y montaje y demontaje de andamios, Importe: 622,25 euros.
7º.- Factura nº 2005028, de fecha 7 Octubre 2005, Empresa “Puntel Metálicos S.L.”, concepto: suministro plataformas PEMEX de 10 para cementerio municipal, Importe: 337,21 euros.
8º.- Factura nº 200709, de fecha 22 de Agosto del 2007, Empresa “Puntel Metálicos S.L.”, concepto: montaje, desmontaje y alquiler y ejecucion piezas especiales para graderío en plaza de toros portátil, Importe: 6.339,40 euros.

Acto seguido, se procede por Presidencia a dar lectura a los recibos que a continuación se relacionan, por importe inferior a 3.000 euros., que han sido reparados por intervención, por no ser constitutivo el recibo presentado (acreditativo del gasto) de factura formalmente emitida, por lo que incumple la normativa legal y fiscal actualmente en vigor (artcs. 168 y 197 de la Ley 39/88, 28 diciembre RHL):

1º.- Recibo presentado por Carolina Mejía Correa (directora del grupo de teatro “La Tarara”, de fecha 3 de octubre del 2007, concepto: materiales para la elaboración de escenario para el grupo de teatro loca, Importe: 170,70 euros.

Finalizada la lectura de las facturas pendientes de pago y los recibos reparados previamente por intervención, la Sra. Alcaldesa somete a aprobación la citada relación de facturas por importe superior a 3.000,00 euros y recibos (no constitutivos de factura formalmente emitida), reparados por intervención y pendientes de pago, resultando aprobados y levantadose el reparo, por nueve votos a favor, que suponen, en todo caso, unanimidad del número legal de miembros integrantes de la Corporación Municipal.


9º.- DAR CUENTA LICENCIAS DE OBRAS.


Toma la palabra la Sra. Alcaldesa, dando cuenta de las licencias de obras concedidas desde la celebración de la última Sesión Plenaria, que se relacionan a continuación:

1º.- Licencia nº 29/2007, solicitada por Maria del Mar de la Fuente Lorente, para Desecombrar, rehabilitación de cocina y baño, colocar suelos, revisión instalación electrica, fontanería, puertas y ventanas en vivienda de su propiedad sita en Plaza Palafox nº 4.
2º.- Licencia nº 21/2007, solicitada por José Alvarez Núñez, para amplación de garaje en en finca urbana sita en Urbanización S. Jorge nº 5.
3º.- Licencia nº 34/07, solicitada por Angel Joven Barril, para Jaharrado de fachadas en corral, sustituir puerta y levantar parte de pared hundida, en vivienda sita en C/ Castillo nº 7.
4º.- Licencia nº 24/2007, solicitada por Felisa Lausín Fuentes, para rehabilitación de fachada (jaharrado y picado), en vivienda sita en C/ Mayor Baja nº 50.
5º.- Licencia n1 03/2007, solicitada por Antonio Frco. Alcalde Casado, para construcción de vivienda unifamiliar en C/ Cerdán nº 8.
6º.- Licencia nº 28/2007, solicitada por Angel Oriol Flores, para sustitución de tejas y colocación de andamios, en vivienda sita en Camino de la Vega nº 2.
7º.- Licencia nº 32/2007, solicitada por Pilar Embid Gimeno, para desomontar tejado para colocación de onduline e instalación de canal, en vivienda sita en C/ Turquería nº 67.
8º.- Licencia nº 13/2007, solicitada por Cecilio Garza Trasobares, para jaharrado de fechada, retejado, sustitución de puerta, ventana y balcón y zócalo de piedra en parte baja de fachada, en vivienda sita en Plaza del Portal nº 1.


10º.- DAR CUENTA DECRETOS DE ALCALDÍA Y RESOLUCIONES JUDICIALES.


Toma la palabra la Sra. Alcaldesa procediendo a dar lectura de los siguientes Decretos de Alcaldía y escritos y Resoluciones judiciales notificadas al Ayuntamiento:

1º.- Decreto de Alcaldía de fecha 2 de Octubre del 2007, procediendo a la contratación laboral de Dª. Elena Ezquerra Ondiviela, aspirante seleccionada por la Comisión de valoración de méritos convocada para la cobertura con carácter interino (mediante contrato laboral temporal) de la plaza vacante en este Ayuntamiento de profesor generalista adscrita al Servicio de Educación permanente de personas adultas.

2º.- Decreto de Alcaldía de fecha 25 de Septiembre del 2007, aprobación del gasto y justificación de la subvención concedida al Ayuntamiento por D.P.Z. (Gabinete de Presidencia) por importe de 15.460,48 euros, con destino a la ejecución de la obra denominada: “Acondiconamiento de planta baja del Ayuntamiento para archivo-almacén”.

3º.- Decreto de Alcaldía de fecha 14 de Septiembre del 2007, por el que se solicita a la D.P.Z. (Área de Hacienda y Régimen interior) el nombramiento de un técncio especialista para que forme parte integrante de la Comisión de Valoración a fin de valorar los méritos acreditados documentalmente por los candidatos concurrentes al proceso selectivo para la cobertura con carácter interino (mediante contrato laboral temporal) de la plaza vacante en este Ayuntamiento de profesor generalista adscrita al Servicio de Educación permanente de personas adultas.
4º.- Decreto de Alcaldía de fecha 12 de Septiembre del 2007, por el que se concede a la trabajadora de este Ayuntamiento Dª. Monserrat Abad García la excedencia voluntaria por un plazo de cinco años, solicitada en virtud de escrito remitido al Ayuntamiento en relación con el puesto de trabajo que venía
desempeñanado en este Ayuntamiento como profesora generalista de educación de personas adultas.

5º.- Notificacion de Sentencia de fecha 18 de Septiembre del 2007, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Seccion Tercera), en relación al recurso contencioso-administrativo nº 483/03-A interpuesto por la Empresa “Bodegas Jaime S.L.” contra el Ayuntamiento de Morata de Jalón, sobre impugnación del acuerdo plenario de fecha 24 de Enero del 2003, por el que se inadmite a trámite la solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial que formuló la citada empresa por la anulación judicial de la licencia de actividad industrial de elaboración y embotellado de vino concedida por Decreto de Alcaldía de fecha 14 de febrero del 2000.
El fallo de la Sentencia anula el citado acuerdo plenario de fecha 24 de Enero del 2003, declarándo el derecho a la Empresa “Bodegas Jaime S.L.” a ser indemnizada de los perjuicios derivados de la concesión de la licencia de actividad industrial de elaboración y embotellado de vino posteriormente anulada, y cuyo importe se fijará en fase de ejecución de Sentencia, con sujeción a las bases fijadas en la fundamentación jurídica de la misma, sin que se haga especial pronunciamiento sobre costas.


11º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.


Toma la palabra el Sr. Concejal D. Frco. Sancho dando información sobre el blog que ha abierto el Ayuntamiento de Morata de Jalón en internet, en él aparecen las actas de las Sesiones Plenarias celebradas por el Ayuntamiento. Es una medida provisional hasta que se elabore una página web del Ayuntamiento.

Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Rosa Maria Aznar planteando las siguientes cuestiones:
1º.- Pregunta a la Sra. Alcaldesa si se va a introducir el punto de ruegos y preguntas en todas las sesiones plenarias que se convoquen. Se contesta por Alcaldía que se celebrará Sesión Plenaria Ordinaria cada dos meses y sólo en las Ordinarias se introducirá el punto del orden del día de ruegos y preguntas. El Sr. Concejal D. Oscar Embid solicita la inclusión de ruegos y preguntas también el los Plenos extraordinarios que se convoquen.
2º.- Se plantea la cuestión sobre la reunión para estudiar y debatir cómo se van a ejercer las competencias que tienen atribuidas los Srs. Concejales a través de las llamadas “concejalías”. La Sra. Concejala manifiesta que cuando considere conveniente la Sra. Alcaldesa, propone convocar una reunión para definir la estrategia y funciones propias de cada “concejalía”.
3º.- Acto seguido la Sra. Concejala manifiesta que en la Sesión Plenaria anterior celebrada por la Corporación Municipal, desde el equipo de gobierno, se manifestaron opiniones sobre su persona y su gestión como Alcaldesa en la anterior legislatura que pueden ser constitutivas de delito, y en ese caso se tendría que poner en conocimiento de los Tribunales, la SRa. Concejala se manifiesta en los siguientes términos, dirigiendose a la Sra. Alcaldesa: “Se hablo de prevaricación, favoritismos, ilegalidades etc., en mi opinión creo que debe de saberlo el juez, si tú has ido a los tribunales, dílo, pero si no lo has hecho, creo que hay que ponerlo en conocimiento institucional de la competencia que corresponda, creo que son afirmaciones que no se pueden decir en un Pleno porque hay otros foros donde manifestarlo”. Se contesta por la Sra. Alcaldesa que en otras ocasiones se pondrá fin a polémicas parecidas que puedan surgir en el Pleno, asegurando que será la última vez que se hacen comentarios de ese tipo.

A continuación toma la palabra el Sr. Concejal D. Oscar Embid, solicitando información al equipo de gobierno sobre los siguientes asuntos:

.- Obra “Acondicionamiento Arco de acceso al Municipio “Arco del Portal”.
.- Obra Acondicionamiento accesos rocódromo y paredes de escalada.
.- Pista multiaventura.
.- Creación de comedero de aves carroñeras “buitrera”.
.- Obra: Pavimentación c/ Cervantes y C/ Lanuza.

Se contesta por Alcaldía que respecto a la obra de la C/ Lanuza se ha solicitado presupuesto a tres empresas y estamos a la espera de que se adjudique en virtud de contrato de obra menor por razón de la cuantía.
Respecto a la obra del “Arco del Portal”, se celebró una reunión con el Director del Servicio Provincial, D. Gonzalo Gavín, y la decisión del equipo de gobierno es que en tanto no se obtenga el permiso preceptivo de carreteras no se llevará a cabo la ejecución de la obra.
En cuanto a la buitrera, el Gobierno de Aragón ha manifestado que no hay consignación presupuestaria para acometer la obra, pero que el proyecto correspondiente al Municipio de Morata de Jalón está en primer o segundo lugar en cuanto se consigne la partida presupuestaria correspondiente.
Obra del Rocódromo: Se considera conveniente comenzar antes la ejecución del circuito multiaventura, ya que esta última obra se ha se comtempla de otra forma distinto a como se planteó en un primer momento: “El rocódromo pasaría por el otro lado del puente tibetano”. En todo caso, la Federación de deportes ha manifestado que no contribuirá a la finanaciacion de la obra y la Federación de Montaña parece que tampoco hará aportación econonómica alguna, por lo que habrá que redactar el proyecto con la propuesta definitiva y solicitar subveciones a los distintos departamentos del Gobierno de Aragón, que puedan contribuir a su financiación.

A continución toma la palabra el Sr. Concejal D. Frco. Sancho manifestando que se va a aboradar la construcción de 14 viviendas de protección oficial en el edificio municipal denominado “escuelas viejas”. El Ayuntamiento pondrá a disposición de los vecinos que estén interesados los escritos de solicitud concediéndo tres posibilidades:
a.- piso.
b.- adosado unifamilar.
c.- planta baja de 90 m2.

El Sr. Concejal manifiesta que, de momento, hay seis personas inscritas, y en el caso de que haya 26 solicitues del ISVA (Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón) en colaboración con el Programa “toc-toc” intervendrá en el proyecto.

Toma la palabra la Sra. Alcaldesa, informando a los Srs. Concejales que respecto a la ampliación del cementerio Municipal, hay un acuerdo entre el Ayuntamiento y los propietarios, para la compra de los terrenos colindantes.

Respecto a la rehabilitacion del Edificio denominado “Palacio de los Condes de Argillo”, hay un estudio de viabilidad con una propuesta de construcción de 5 establecimientos hoteleros con instalaciones de zona de “spa”. En caso de que la Administración Central siga adelante con el proyecto, participando en su financiación, el Gobierno de Aragón cedería a la empresa que finalmente resultara adjudicataria de la obra, el uso del ala derecha del edificio, con un proyecto de rehabilitación en tres fases: Fachadas, remodelación y acondicionamiento de las instalaciones interiores y remodelacilón de la Plaza de España, ya que se considera que el actual estado de esta última no armoniza estética y arquitectónicamente con la edificación del palacio.

Finalmente toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Maria Luisa Torcal, informando del escrito remitido por la plataforma “pro-residencia de ancianos” de la localidad, en base a lo cuál la Sra. Alcaldesa tuvo una entrevista con la Consejera de Servicios Sociales del Gobierno de Aragón,, quedando otra pendiente con el gerente del IASS para presentar la propuesta elaborada.
Finalmente la Sra. Concejala hace extensiva a toda la Corporacion Municipal la invitación cursada por el puesto de la Guardia Civil del Municipio para asistir a la conmemoración del día del Pilar en el Cuartel de la Localidad.

Finalizada la interveción de los Srs. Concejales, y no habiendo mas asuntos que tratar, la Sra. Alcaldesa declarò finalizado el acto, levantandose oficialmente la Sesión siendo las 13.10 h, de la cual extiendo la presente acta de la que como Secretaria doy fe, con el Visto Bueno de la Sra. Alcaldesa-Presidenta.

Vº. Bº. SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA: LA SECRETARIA:


Dª. Maria Cristina Andres Ostariz. Maria D. Nuño de la Rosa Ballesteros.

lunes, 15 de octubre de 2007

Aprobación en Pleno del nuevo Convenio con CEMEX

En la sesión plenaria de este Ayuntamiento celebrada el día 12 de septiembre de 2007, se aprobó con los votos a favor de PSOE, PP y PAR y los votos en contra de CHUNTA, del convenio entre Ayuntamiento y CEMEX.

El nuevo convenio supone una mejora en cuanto a las toneladas de cemento de un 25 % que pasan de 600 a 750 y de 2.400 a 3200 € para las fiestas de San Roque, incrementándose la donación en un 33 % y dando en este convenio y por primera vez 1.000 € para las fiestas de Santa Barbara.

Además este nuevo convenio refleja la prioridad para vecinos del pueblo a la hora de entrar a trabajar en CEMEX.

Los textos íntegros y literales de ambos convenios se transcriben a continuación al objeto de darles publicidad.

CONVENIO ANTERIOR


REUNIDOS:

De una parte el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MORATA DE JALON (Zaragoza) C.F.I. nº P-5017600G, que en adelante se denominará Ayuntamiento, representado por su Alcaldesa, Ilma Sra. Dª ROSA AZNAR GARCIA.

Y, de otra parte CEMEX ESPAÑA S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en Madrid, C/ Hernandez de tejada nº 1, con CIF nº A-46/004214, que en adelante será denominada CEMEX, representada por D. LUIS ANTONIO FERNANDEZ CRUZ, Director de la Fábrica de cemento de Morata de Jalón (Zaragoza) y con poderes suficientes para este acto.

EXPONEN:

I.- Que actúan ambos por razón de su cargo, en uso de las facultades que tienen conferidas y en nombre y representación de ambas entidades.

II.- Expresan su mutuo interés de establecer los mecanismos y acuerdos idóneos para que las relaciones permanentes entre AYUNTAMIENTO y CEMEX, sean más ágiles, eficaces y fructíferas para ambas partes.

Tras las oportunas conversaciones, han acordado establecer el siguiente

CONVENIO

1.- OBJETO DEL MISMO:

Es objeto de este convenio, el establecer unos acuerdos o compromisos entre las partes, que definan de una manera amplia y precisa el marco que ha de regir las relaciones entre el AYUNTAMIENTO y CEMEX, con respecto a los establecimientos industriales que esta última Sociedad mantiene dentro del término municipal de Morata de Jalón (Zaragoza) y los que pueda establecer en un futuro

2.- COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO:

El AYUNTAMIENTO , teniendo en cuanta el valor social y económico que representa tanto para el municipio de Morata de Jalón como para la Comunidad Aragonesa, la industria integral o de beneficio para la fabricación de cemento, así como las demás instalaciones que Cemex tiene en su término municipal, acuerda y se compromete, en base al espíritu que rige este convenio a:

- Proteger la industria integral (extractiva de recursos naturales y fabril) para producir y expedir cemento, que CEMEX tiene en su término municipal, así como, a favorecer y apoyar, de acuerdo con sus posibilidades, toda iniciativa de ésta conducente a su consolidación o afianzamiento en este Municipio, bien por la realización de mejoras o reformas, bien por ampliación de sus instalaciones, dependencias industriales y explotaciones de recursos naturales, realizadas de acuerdo a la normativa en efecto; todo ello con el fin de que pueda asegurar su competitividad y, consecuentemente, su permanencia y continuidad. Con este objetivo, la actuación del AYUNTAMIENTO en tod momento, se atendrá al cumplimiento de la legalidad vigente reguladora en la materia o materias plantadas en cada caso concreto.
- Dar la máxima prioridad a la tramitación de cualquier solicitud presentada por CEMEX en el AYUNTAMIENTO, que sea competencia de este y destinada al desarrollo industrial referido al apartado anterior.
- En consecuencia con lo anterior, y de acuerdo con los planes de CEMEX para mejora y ampliación del recinto de su fábrica de cemento en Morata de Jalón, el Ayuntamiento reclasificará una serie de terrenos pasándolos de “suelo no urbanizable” a “suelo industrial” a través del procedimiento de modificación previsto en el artículo 73 y s.s. de la Ley 5/1999, Urbanística de Aragón, de 25 de marzo; para ello iniciará y Tramitará de forma inmediata el expediente necesario, desvinculando dicha modificación de la tramitación del nuevo planeamiento para Morata de Jalón, que actualmente se encuentra en fase de avance, a cuyo Plan se incorporará la misma.
Los terrenos propiedad de CEMEX objeto de dicha recalificación, serán los siguientes: parcelas números 143, 144, 145, 146, 147, 148, 151, 153, 154, 156, 157, 158 y 178 del “polígono 2”; parcelas números 222, 223, 224, 225, 220, 221, y 219 del “polígono 1” ; y la parcela número 254 del “polígono 17”, todos ellos de este término municipal, asi como aquellos terrenos que la Compañía plantee como necesarios para la ampliación de su actividad.

El AYUNTAMIENTO, en este planteamiento de reclasificación, ha tenido en cuanta el compromiso ya adquirido, recogido en el anterior convenio, aprobado mediante acuerdo plenario de 28.11.00 y en el cual se contemplaba la recalificación de la mayor parte de las citadas parcelas. Con fecha 08.01.01 fue publicado en el B.O.A. en anuncio por el cual se exponía dicho acuerdo a información pública. Dicho acuerdo fue aprobado con carácter definitivo con fecha 15.02.01.

A considerar o estudiar, a efectos meramente informativos, cualquier información o estudio sobre aplicaciones, innovaciones científicas o tecnológicas que puedan ser de interés en relación con la valorización de residuos en la industria cementera y que CEMEX, a través de su fabricación de Morata de Jalón, pueda trasladarles en razón de su importancia, en relación con una eventual aplicación.

3.- COMPROMISOS DE CEMEX.

CEMEX dentro del espíritu de colaboración que viene manteniendo con el AYUNTAMIENTO, en cuyo municipio tiene un establecimiento industrial dedicado a la fabricación y expedición de cemento, además de otras instalaciones, se compromete a:

Entregar, con carácter voluntario un máximo de SEISCIENTAS TONELADAS ANUALES (600 t/a) de cemento tipo CEM II/A-L 32,5, o equivalente que lo sustituya, a granel o en sacos, para su uso directo en obras municipales o bien para su uso directo en obras declaradas de interés público municipal por el AYUNTAMIENTO. Por anual, se entiende con duración de una año, que comienza el 1º de enero y concluye el día 31 de siembre.

Las entregas de cemento se efectuarán al AYUNTAMIENTO en días laborables, excepto sábados, en el punto de carga o expedición de la fabrica de Morata, sobre camión adecuado, propiedad del AYUNTAMIENTO o contratado por cuenta de este, y en partidas a las 12 toneladas, siempre contra la entrega de un vale de portería de fábrica, que habrá retirado en las oficinas de fábrica (en horario de 8 a 14 h) previa presentación en ésta de un documento convenientemente diligenciado por la Secretaría del AYUNTAMIENTO que acredite suficientemente la petición. Las entregas cada año, tendrán como límite las cantidad máxima fijada anual, no siendo en ningún caso acumulable para años sucesivos las cantidades de cemento anuales no retiradas, ni convertibles en dinero.

Prestar al AYUNTAMIENTO en aquellos asuntos de índole técnica en que lo solicite y en los que pueda colaborar con sus técnicos, en función de su disponibilidad. Teniendo en cuanta que en este tipo de prestación o colaboración no asumirán ninguna responsabilidad de índole técnica o económica, partiendo que la prestación se efectuará siempre bajo el principio de buena fe.

A colaborar a través de la FUNDACION CEMEX ESPAÑA, con una cantidad anual de DOS MIL CUATROCIENTOS EUROS (2.400€), a los actos correspondientes a las Fiestas Patronales de Morata de Jalón (San Roque).

Colaborar con el AYUNTAMIENTO en aquellos actos de tipo cultural en que lo solicite, con el personal técnico de la fábrica de cemento, siempre que sea posible, en seminarios, conferencias, coloquios, etc.

4.- VIGENCIA DEL CONVENIO.

Este convenio una vez firmado y ratificado en pleno municipal, entrará en vigor con carácter retroactivo a partir de enero de 2.007, teniendo vigencia hasta el 31-12-2.007.

5.- RESOLUCION

Este Convenio quedará resuelto automáticamente por incumplimiento de su contenido parcial o total. Para ello bastará con que cualquiera de las partes lo evidencie y lo notifique por escrito a la otra independientemente de cualquier otra acción que se pudiera tomar. El supuesto de resolución no implica ningún tipo de compensación.


6.- CONVENIOS ANTERIORES.

Con la suscripción de este Convenio quedan sin efecto todos los Convenios anteriores a la fecha de entrada en vigor del presente.


Leído por ambas partes el presente Convenio, y encontrado conforme a la voluntad, firman los otorgantes, por duplicado ejemplar este documento, que consta de cuatro hojas escritas por una sola cara, rubricadas marginalmente las tres primeras y firmada la última, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.




CONVENIO ACTUAL:

REUNIDOS:

De una parte el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MORATA DE JALON (Zaragoza) C.F.I. nº P-5017600G, que en adelante se denominará Ayuntamiento, representado por su Alcaldesa, Ilma Sra. Dª CRISTINA ANDRES OSTARIZ.

Y, de otra parte CEMEX ESPAÑA S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en Madrid, C/ Hernandez de tejada nº 1, con CIF nº A-46/004214, que en adelante será denominada CEMEX, representada por D. CARLOS DOMENECH, Director de la Fábrica de cemento de Morata de Jalón (Zaragoza) y con poderes suficientes para este acto.

EXPONEN:

I.- Que actúan ambos por razón de su cargo, en uso de las facultades que tienen conferidas y en nombre y representación de ambas entidades.

II.- Expresan su mutuo interés de establecer los mecanismos y acuerdos idóneos para que las relaciones permanentes entre AYUNTAMIENTO y CEMEX, sean más ágiles, eficaces y fructíferas para ambas partes.

Tras las oportunas conversaciones, han acordado establecer el siguiente

CONVENIO

1.- OBJETO DEL MISMO:

Es objeto de este convenio, el establecer unos acuerdos o compromisos entre las partes, que definan de una manera amplia y precisa el marco que ha de regir las relaciones entre el AYUNTAMIENTO y CEMEX, con respecto a los establecimientos industriales que esta última Sociedad mantiene dentro del término municipal de Morata de Jalón (Zaragoza) y los que pueda establecer en un futuro

2.- COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO:

El AYUNTAMIENTO , teniendo en cuanta el valor social y económico que representa tanto para el municipio de Morata de Jalón como para la Comunidad Aragonesa, la industria integral o de beneficio para la fabricación de cemento, así como las demás instalaciones que Cemex tiene en su término municipal, acuerda y se compromete, en base al espíritu que rige este convenio a:

- Proteger la industria integral (extractiva de recursos naturales y fabril) para producir y expedir cemento, que CEMEX tiene en su término municipal, así como, a favorecer y apoyar, de acuerdo con sus posibilidades, toda iniciativa de ésta conducente a su consolidación o afianzamiento en este Municipio, bien por la realización de mejoras o reformas, bien por ampliación de sus instalaciones, dependencias industriales y explotaciones de recursos naturales, realizadas de acuerdo a la normativa en efecto; todo ello con el fin de que pueda asegurar su competitividad y, consecuentemente, su permanencia y continuidad. Con este objetivo, la actuación del AYUNTAMIENTO en tod momento, se atendrá al cumplimiento de la legalidad vigente reguladora en la materia o materias plantadas en cada caso concreto.
- Dar la máxima prioridad a la tramitación de cualquier solicitud presentada por CEMEX en el AYUNTAMIENTO, que sea competencia de este y destinada al desarrollo industrial referido al apartado anterior.

A considerar o estudiar, a efectos meramente informativos, cualquier información o estudio sobre aplicaciones, innovaciones científicas o tecnológicas que puedan ser de interés en relación con la valorización de residuos en la industria cementera y que CEMEX, a través de su fabricación de Morata de Jalón, pueda trasladarles en razón de su importancia, en relación con una eventual aplicación.

3.- COMPROMISOS DE CEMEX.

CEMEX dentro del espíritu de colaboración que viene manteniendo con el AYUNTAMIENTO, en cuyo municipio tiene un establecimiento industrial dedicado a la fabricación y expedición de cemento, además de otras instalaciones, se compromete a:

Entregar, con carácter voluntario un máximo de SETECIENTAS CINCUENTA TONELADAS ANUALES (600 t/a) de cemento tipo CEM II/A-L 32,5, o equivalente que lo sustituya, a granel o en sacos, para su uso directo en obras municipales o bien para su uso directo en obras declaradas de interés público municipal por el AYUNTAMIENTO. Por anual, se entiende con duración de una año, que comienza el 1º de enero y concluye el día 31 de siembre.

Las entregas de cemento se efectuarán al AYUNTAMIENTO en días laborables, excepto sábados, en el punto de carga o expedición de la fabrica de Morata, sobre camión adecuado, propiedad del AYUNTAMIENTO o contratado por cuenta de este, y en partidas a las 12 toneladas, siempre contra la entrega de un vale de portería de fábrica, que habrá retirado en las oficinas de fábrica (en horario de 8 a 14 h) previa presentación en ésta de un documento convenientemente diligenciado por la Secretaría del AYUNTAMIENTO que acredite suficientemente la petición. Las entregas cada año, tendrán como límite las cantidad máxima fijada anual, no siendo en ningún caso acumulable para años sucesivos las cantidades de cemento anuales no retiradas, ni convertibles en dinero.

Prestar al AYUNTAMIENTO en aquellos asuntos de índole técnica en que lo solicite y en los que pueda colaborar con sus técnicos, en función de su disponibilidad. Teniendo en cuanta que en este tipo de prestación o colaboración no asumirán ninguna responsabilidad de índole técnica o económica, partiendo que la prestación se efectuará siempre bajo el principio de buena fe.

A colaborar a través de la FUNDACION CEMEX ESPAÑA, con una cantidad anual de TRES MIL DOSCIENTOS EUROS (3.200€), a los actos correspondientes a las Fiestas Patronales de Morata de Jalón (San Roque).

A colaborar a través de la FUNDACION CEMEX ESPAÑA, con una cantidad anual de MIL EUROS (1.000 €), a los actos correspondientes a las Fiestas Patronales de Morata de Jalón (Santa Barbara).

Colaborar con el AYUNTAMIENTO en aquellos actos de tipo cultural en que lo solicite, con el personal técnico de la fábrica de cemento, siempre que sea posible, en seminarios, conferencias, coloquios, etc.

CEMEX procurará contratar trabajadores de Morata de Jalón, de acuerdo con las necesidades de la fábrica y siempre que acrediten la formación mínima requerida para el puesto a ocupar y siguiendo en todo momento los criterios de selección.

4.- VIGENCIA DEL CONVENIO.

Este convenio una vez firmado y ratificado en pleno municipal, entrará en vigor a partir de enero de 2.008, teniendo vigencia hasta el 31-12-2.011.

5.- RESOLUCION

Este Convenio quedará resuelto automáticamente por incumplimiento de su contenido parcial o total. Para ello bastará con que cualquiera de las partes lo evidencie y lo notifique por escrito a la otra independientemente de cualquier otra acción que se pudiera tomar. El supuesto de resolución no implica ningún tipo de compensación.


6.- CONVENIOS ANTERIORES.

Con la suscripción de este Convenio quedan sin efecto todos los Convenios anteriores a la fecha de entrada en vigor del presente.


Leído por ambas partes el presente Convenio, y encontrado conforme a la voluntad, firman los otorgantes, por duplicado ejemplar este documento, que consta de cuatro hojas escritas por una sola cara, rubricadas marginalmente las tres primeras y firmada la última, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

viernes, 5 de octubre de 2007

Apertura de un registro de solicitudes VPO

Este Ayuntamiento ha abierto un Registro de Solicitudes para los interesados en la compra de Viviendas de Protección Oficial que próximamente se van a construir en nuestra localidad.

El documento de inscripción esta a disposición de cualquier persona interesada, en las oficinas del Ayuntamiento.

En este documento de inscripción, además de los datos personales y de contacto del solicitante, se dá la posibilidad de elegir la preferencia del tipo de vivienda de cara a ser consensuado por todos los interesados.

Los tipos de vivienda contemplados son:
- Unifamiliar adosado
- Piso
- Opción mixta consistente en piso en primera planta y duplex en las superiores.

Una vez completado el número de solicitudes que hacen viable el proyecto se convocará una reunión con todos los interesados para fijar las caracteristicas de las viviendas a construir.

miércoles, 3 de octubre de 2007

SESION PLENARIA EXTRAORDINARIA DE FECHA 12 DE SEPTIEMBRE DEL 2007.

CONCEJALES ASISTENTES

D. ANTONIO GOMEZ GARCÍA.
Dª. MARIA LUISA TORCAL BORNIQUEL.
Dª IVANA MAINAR GARCILOPEZ.
D. OSCAR EMBID IBAÑEZ.
Dª ANGELA GIL MARTINEZ.
D. JOSE FRANCISCO SANCHO CUARTERO.
D. JOSE ANTONIO ORCE ABENIA.


En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Morata de Jalón, se reúne la Corporación Municipal en Sesión de carácter extraordinario, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa Dª Maria Cristina Andres Ostariz, y concurren los Sres. Concejales arriba citados, asistidos por la Secretaria-Interventora de la Corporacion Municipal, Dª. Maria Dolores Nuño de la Rosa Ballesteros, que certifica.
Abierta la sesión y declarada pública por la Presidencia, siendo las 10.00 horas, previa convocatoria realizada al efecto con la antelación reglamentaria, se procede a conocer los siguientes asuntos incluídos previamente en el Orden del Día.

1º.- LECTURA Y APROBACION, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.
Toma la palabra la Sra. Alcaldesa declarando abierta la Sesion. Acto seguido la Sra. Presidenta pregunta a los miembros corporativos presentes si tienen que presentar alguna objección al borrador del acta de la sesión anterior de fecha 9 de Julio del 2007, que ha sido distribuída previamente con la convocatoria.
Acto seguido la Sra. Alcaldesa abre el debate. Terminado, el cuál, y no formulàndose ninguna objeccion especifica, se somete, por Presidencia a votacion el borrador del acta de la Sesion anterior de carácter Extraordinario celebrada con fecha 9 de Julio del 2007, resultando aprobada por seis votos a favor, que suponen, en todo caso, unanimidad de los miembros corporativos presentes.
Se hace constar que el Sr. Concejal D. Oscar Embid Ibañez se abstiene de tomar parte en la votación por inasistencia a la citada Sesión Plenaria.


2º.- APROBACIÓN DEFINITIVA, SI PROCEDE, MODIFICACIÓN ORDENANZAS URBANISTICAS DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DEL MUNICIPIO DE MORATA DE JALON (modificación nº 4 P.G.O.U.)


Se incorpora a la Sesión Plenaria la Sra. Concejala Dª. Maria Luisa Torcal Borniquel.
Toma la palabra la Sra. Alcaldesa dando cuenta de la tramitación del expediente administrativo relativo a la modificación de las Ordenanzas Urbanisticas que integran el Plan General de Ordenación Urbana actualmente vigente en el Municipio de Morata de Jalón, y que constituye la modificación número cuatro (4) del citado documento urbanístico.
Visto el Acuerdo Plenario adoptado en Sesion Extraordinaria de fecha 27 de Noviembre del 2006 por el que se aprobó inicialmente la modificación de las Ordenanzas Urbanísticas integrantes del P.G.O.U. de esta Localidad, de conformidad con el documento técnico redactado a tal efecto por el arquitecto D. Emiliano Gonzalez Galaz de fecha Noviembre del 2006.

Vista la información pública por plazo de 30 dias naturales de la citada aprobación inicial, mediante publicación del anuncio correspondiente en el B.O.P. de Zaragoza nº 8 de fecha 11 de Enero del 2007 y Tablón de Edictos Municipal, se presentaron las dos alegaciones que a continuación se relacionan:

1º.- ALEGACIÓN: Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Morata de Jalon (en aquel momento) Dª. Rosa Maria Aznar García.
FECHA: 9 de Febrero del 2007.
REG. ENTRADA Nº: 103.
CONTENIDO: Proponer la exclusión del bien inmueble denominado: “ANTIGUO CUARTEL DE LA GUARDIA CIVIL” , del catálogo de edificios que figuran en el Capitulo VI del P.G.O.U. y en su consecuencia, excluirlo igualmente de las medidas especiales de protección que se recogen en el referido capitulo VI, al no considerarse en ningún caso que el citado inmueble posea ningún valor histórico, patrimonial ni arquitectónico relevante, consiguendose con su descatalogación como edificio especialmente protegido, un uso más acorde con su verdadera naturaleza y carácter real de la edificación.

2º.- ALEGACIÓN: INTERESADOS: Presentada por Dª. Manuela Aznar Ibañez, Dª. Ana Benita Aznar Ibañez, Dª. Maria del Mar Aznar Ibañez, Dª. Henar Aznar Ibañez y Dª. Benita Ibañez Tejada.
FECHA: 12 de Febrero del 2007.
REG. ENTRADA Nº: 105.
CONTENIDO: La citada alegación se contrae a la modificacion de los artcs. 57 y ss. De las Ordenanzas urbanisticas, referidas a la zona “EDIFICACIÓN ENSANCHE”. En primer lugar, se exponen las dificultades inherentes al desarrollo del suelo urbano no consolidado, en particular por los excesivos costes que se deducen del diseño del viario tal y como se encuentra plasmado en el vigente P.G.O.U., con lo que no se resuelve el problema del desarrollo de esta categoría del suelo urbano.
En segundo lugar, se considera que se mantiene el carácter restrictivo de la normativa, en particular se alude a los siguientes aspectos: incremento de la parcela mínima a 150 m2, mantenimiento de retranqueo de edificación a fachada, reducción de la edificabilidad respecto al ensanche consolidado limitando la ocupacion máxima al 80%, y limitación a dos alturas.

Visto el informe emitido a las dos alegaciones anteriormente relacionadas, por el arquitecto redactor de la modificacion urbanistica que nos ocupa, D. Emiliano Gonzalez Galaz, con fecha 16 de abril del 2007 (reg. de entrada nº 234), en él se hace constar básicamente lo siguiente:

1ª ALEGACIÓN: Tras realizar una visita de inspección al referido inmueble, se comprueba que se trata de una sencilla edificación, sometida a sucesivas transformaciones para su adecuación a los diferentes usos que ha tenido el edificio. Resulta conveniente mantener el destino de uso público del inmueble, pero también se debe indicar que dicho edificio no posee valor histórico ni cultural alguno. POR TODO ELLO SE PROPONE INFORMAR FAVORABLEMENTE LA ALEGACIÓN.

2ª ALEGACIÓN: En lo relativo a la dificultad de gestionar y urbanizar los ámbitos de suelo urbano no consolidado que se incluyen en la zona “Ensanche residencial”, señalar, que aún entendiendo la opinión de los alegantes, las cuestiones del trazado y dimensión del viario no han sido abordadas en el presente expediente, aunque, sin duda, la nueva opción escogida por el Ayuntamiento clarifica la aplicación del plan al determinar el aprovechamiento en función del “volumen capaz” que se define en función de los fondos máximos en planta baja y alzadas, con la limitación de un porcentaje de ocupación más que suficiente (80%) si consideramos además que para suelo urbano no consolidado se ha previsto un retranqueo mínimo de la edificacion de 2,5 m a la alineación.
En cuanto a la determinación de la parcela mínima, tras el análisis de la alegación, parece que no resulta suficientemente explícita la determinación de parcela mínima, por lo que se propone una nueva redacción en el propio sentido de la definición de parcela mínima, es decir, que dicha regulación opera exclusivamente a los efectos de limitar las segregaciones o parecelaciones de fincas existentes. Por tanto no supone límite al número de viviendas, ni tampoco a la posibilidad de edificar en parcelas de menor dimensión existentes antes de la aprobacion de la presente modificación.
Por último en lo relativo a la limitación del número de plantas y altura máxima, tras un análisis más profundo de la ordenación del ámbito y considerando que la altura de PB+ 2 es la dominante en la mayor parte del casco urbano, se considera admisible en la zona de ensanche residencial en suelo urbano no consolidado, que el número de plantas máximo sea el de PB+1+ BC ó bien, PB+2 con el límite de 9 metros de altura de cornisa.

Vistos los informas favorables emitidos por la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón, en Sesión celebrada con fecha 25/01/2007, y la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, en Sesión celebrada con fecha 31 de Mayo del 2007, en los que se “informa favorablemente, con carácter previo a la resolución definitiva Municipal, la modificación nº 4 del P.G.O.U. de Morata de Jalón, consistente en el cambio de redacción de determinados artículos de las normas urbanísticas.

Visto el Texto Refundido de Modificación de las Ordenanzas Urbanisticas del Plan General del Municipio de Morata de Jalon, redactado por el arquitecto D. Emiliano Gonzalez Galaz, con fecha Agosto del 2007.

Vistos los artcs. 64.3 y 73.2 en relación con el artc. 50 de la Ley 5/99, de 25 de Marzo, Urbanísica de Aragón. Artcs. 97 y 98 del Decreto 52/2002, de 19 de Febrero del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/99, de 25 de Marzo, Urbanistica de Aragón, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios. Artc. 139 a 141 de la Ley 7/99, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

Finalizada su exposición, la Sra. Alcaldesa abre el debate, terminado el cuál, la Corporación Municipal en votación ordinaria y por 6 votos a favor de los Srs. Concejales D. Frco. Sancho, Dª. Angela Gil, D. Antonio Gomez, Dª. Ivana Mainar D. Oscar Embid, y D. Jose Antonio Orce (haciendose constar que la Sra. Concejala Dª. Maria Luisa Torcal, no participa en la votación ya que se ha incorporado a la Sesión Plenaria una vez finalizada la exposición y debate del presente punto del orden del dia), que suponen en todo caso mayoria absoluta del nº legal de miembros integrantes de la Coporación Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artc. 49, 47.3 i) y 22.2.c) de la Ley 7/85, de 2 de Abril, LRBRL, en relación con los artcs. 126.4 l) y 29.2 c) de la Ley 7/99, de 9 de Abril, de Administración Local de Aragón, adoptó el siguiente acuerdo:


PRIMERO: Estimar las dos alegaciones arriba descritas, presentadas en relación con la aprobación inicial de la modificación de las ordenanzas urbanisticas que integran el P.G.O.U. del Municipio de Morata de Jalon, y resolverlas estimándo su argumentación en el sentido manifestado en el informe técnico emitido al respecto con fecha Abril del 2006, por el redactor del documento técnico de la presente modificación urbanistica, el arquitecto D. Emiliano Gonzalez Galaz, y que se ha expuesto en forma resumida en la parte expositiva del presente acuerdo plenario, y en concreto manifestar con relacion a las citadas alegaciones lo siguiente:

PRIMERA ALEGACIÓN: Se estima en su totalidad en el sentido de excluir el bien inmueble denominado: “ANTIGUO CUARTEL DE LA GUARDIA CIVIL” , del catálogo de edificios que figuran en el Capitulo VI del P.G.O.U. y en su consecuencia, excluirlo igualmente de las medidas especiales de protección que se recogen en el referido capitulo VI.

SEGUNDA ALEGACIÓN: Se estima la alegación en los siguientes términos: En relación con la denominada “Zona ensanche”, y por lo que respecta al suelo urbano no consolidado, el uso mayoritario es el residencial colectivo en edifcación abierta, y los usos compatibles los mismos que en el caso antiguo, resultando prohibidos todos los demás.

.- Parcela mínima: A los exclusivos efectos de regular el tamaño mínimo de las fincas que puedan resultar de parcelaciones y segregaciones, se establece la parcela mínima en 150 m2 y 5 de fachada La Regulación de la parcela mínima no impide edificar parcelas existentes con superficies con superficie y/o fachada inferiores a las mínimas, únicamente se impide que puedan generar nuevas parcelas de superficie o longitud de fachada inferiores a las establecidas a partir de otras parcelas mayores.

.- Ocupación máxima: 80% en planta baja, con un fondo máximo de 20 metros desde la línea de fachada, y 80% en plantas alzadas, con un fondo máximo de 14 mts desde la línea de fachada.

.- Alturas: Planta baja + 1 alzada + Bajo cubierta, o bien, Planta baja + 2 alzadas, en cualquier caso con el límite de de 9 mts. de altura de cornisa.

.- Retranqueos: Se observarán obligatoriamente retranqueos a fachada de 2,5 metros y a linderos de 2 metros como mínimo.


SEGUNDO: Aprobar con carácter definitivo la modificación de las Ordenanzas urbanísticas integrantes del P.G.O.U. vigente en el Municipio de Morata de Jalón , con la redacción definitiva de los artículos modificados que seguidamente se indican en los términos literales que se transcriben a continuación, todo ello de conformidad con el documento técnico denominado: “Texto Refundido Modificación de las Ordenanzas Urbanisticas del Plan General del Municipio de Morata de Jalón”, redactado con fecha Agosto del 2007 por el Arquitecto D. Emiliano González Galaz, haciendo constar que, al no introducirse modificaciones sustanciales sobre el documento inicialmente aprobado, como consecuencia de las los alegaciones estimadas, no resulta necesaria nuev trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artc. 50 de la LUA en relación con los artcs. 97 y 98 del Decreto 52/2002, de 19 de Febrero del Gobierno de Aragón.

“MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS URBANÍSTICAS DEL PLAN GENERAL DEL MUNICIPIO DE MORATA DE JALÓN


MODIFICACION ART. 25

El art. 25 queda redactado de la siguiente forma


Art. 25 Condiciones Estéticas

1.- Condiciones estéticas generales en suelo urbano

1.1- Composición:

Los edificios de nueva planta deberán ajustarse al estilo general tradicional de la edificación. Se mantendrá la armonía general de la calle o plaza en que está ubicado, en desniveles, módulos, proporciones, materiales y color, tanto en fachada como en cubiertas.

1.2- Materiales:

Las fachadas serán predominantemente planas y homogéneas, utilizando un solo material básico.

Se permiten variaciones de material para: formación de resaltes en ventanas y balcones, constituyendo jambas y dinteles de huecos; para formar zócalos siempre que su altura no rebase el 1/3 de la altura de la planta baja, a no ser que toda ella represente una solución de zócalo; para la formación de galerías corridas en última planta.

Se prohíben motivos decorativos que no sean interpretación formal de alguno de la arquitectura tradicional del lugar, prohibiéndose los de otras zonas.

Los materiales de fachada serán los habituales del lugar y, en general, se enfoscarán o pintarán en tonos tradicionales (ocres, tierras, pastel, etc.).

Quedan prohibidos los ladrillos caravista bicolores, los ladrillos huecos vistos, la plaqueta cerámica, los revestimientos plásticos o metálicos que no admitan su pintado (aceros inoxidables, aluminio u otros) y los revocos o pinturas en colores puros (sin mezclar con blanco). Se prohíbe dejar fachadas sin el material de acabado o revestido con mortero de cemento sin pintar. Quedan prohibidos los revocos imitando cantería o ladrillo.

Mediante estudio de detalle se podrá excepcionar alguno de los requisitos establecidos en los apartados anteriores cuando se trate de edificaciones de carácter público, social, comercial, análogos y se justifique adecuadamente su perfecta integración en el entorno en el que se ubique.

1.3- Reforma:

En obras de reforma o rehabilitación, cuando existiesen paramentos de fachada en ladrillo visto o mampostería de piedra tradicional, no se podrán ocultar, permitiéndose el rejuntado con mortero de cal y cemento para anular tonalidades grises, evitando que esas labores de rejuntado desvirtúen, por un excesivo tamaño o intensidad, al material original existente, reponiendo, si fuera preciso, las partes más dañadas con materiales iguales a los existentes.

1.4- En fachadas de garajes, naves, interiores de parcela, medianiles y en callejones:

Serán de aplicación las condiciones señaladas en los apartados anteriores. En el caso de las fachadas o paredes medianeras que hubieren de quedar, aunque sea de modo provisional, al descubierto (visibles desde el espacio público), serán revocadas o tratadas con materiales similares a los de fachada por cuenta de quien los deje a la vista, salvo si se trata de edificios existentes de más alturas de las permitidas, en cuyo caso les será exigible a los propietarios de los mismos el tratamiento exigido a las demás.

1.5- Cerramientos de solares no edificados:

Deberán situarse sobre la alineación oficial. Se considerarán Solares no edificados también aquellos donde se hubiera producido el derribo de un edificio, en cuyo caso el Ayuntamiento podrá exigir el cerramiento en el plazo de tres meses.

Los cerramientos de parcela que no sean provisionales tendrán el carácter de muro-fachada, teniendo como mínimo una altura de dos metros y como máximo de tres metros y medio.

1.6- Cubiertas:

En general, las cubiertas serán inclinadas cuando den a fachadas visibles desde el viario público, no admitiéndose soluciones de terrazas planas con antepechos a los espacios públicos. En la construcción de una terraza en la cubierta, el frente de fachada será de cubierta inclinada, partiendo desde el alero y con una profundidad mínima de 1,50 metros desde aquél. Mediante Estudio de Detalle podrán proponerse soluciones diferentes que motivadamente garanticen una idónea integración del edificio en el entorno donde se ubica.

Cuando el faldón de cubiertas sea visible desde el espacio público se admitirán los siguientes materiales de cubierta:

* Teja cerámica curva.
* Tejas de cemento curvas o planas en colores: ocres o rojizos.
* Chapa prelaqueada en tonos ocres o rojizos.
*
Se prohíben en todos los casos los siguientes materiales de cubierta:

* Teja de cemento de color negro.
* Pizarra.
* Losetas de material asfáltico de placas.
* Chapa galvanizada sin pintar.

1.7- Carpintería:

Las carpinterías de ventanas o balcones abiertas a espacio público habrán de ser de madera para barnizar o pintar, o metálicas para lacar o pintar.
Se admitirán también las carpinterías y persianas de P.V.C. en tonos que combinen con el resto de los materiales de fachada.

1.8- Locales:

Los locales comerciales en planta baja no podrán utilizar en fachada otros materiales ni colores que los señalados en este artículo, debiendo existir preferentemente continuidad del material empleado en el resto de la fachada.


En todo caso, no se admitirán la utilización de materiales o elementos de colores muy variados, grandes paneles de plástico u otros llamativos y disonantes con fachada y su entorno, especialmente en las zonas del casco urbano consolidad con predominio de edificación más tradicional.


2.- Condiciones estéticas particulares del casco histórico.

2.1- Ámbito de aplicación:

Serán de aplicación, estas normas en los edificios a construir o rehabilitar en la zona Casco Histórico y Tradicional.

2.2- Obras de nueva planta.

2.2.1- El nuevo edificio que se proyecte mantendrá la armonía general de la plaza en módulos, proporción y carácter de huecos, materiales y color. La altura de plantas podrá adaptarse a las condiciones generales.

2.2.2- En todos los cascos será preceptivo que en el proyecto de edificación se incorpore un “Estudio de Integración Ambiental” en el que se recojan los siguientes extremos:

a) Alzados del frente completo de la manzana donde se emplace el edificio, o montaje fotográfico.

b) Integración volumétrica y espacial urbana. Toda nueva construcción se acomodará a las visuales de la plaza o calle donde se ubique. Se atenderá a la gradación en la fragmentación de cubiertas por efecto de la pendiente del solar o de la calle, con objeto de reducir al mínimo la incidencia de medianeras vistas que, en todo caso, se tratarán con idénticos materiales a los de fachada.

c) Integración tipológica y compositiva. El tipo de edificación debe entrar en diálogo con el contexto construido mediante el uso de características que contribuyan a dar coherencia al conjunto. El ritmo de los huecos es un aspecto fundamental de integración tipológica o constructiva. La falsificación histórica, adulteración de técnicas constructivas, así como las opciones seudopopulares, deberán evitarse.

d) Cromatismo y materiales a emplear. Se expondrán con detalle y justificación los colores a utilizar en fachadas, carpintería exterior, etc.

e) Tratamiento de la planta baja. Los proyectos deberán, expresar el uso y diseño de la planta baja para garantizar adecuadamente la posterior integración de la misma en el conjunto y en el entorno, optando por soluciones estructurales y de cerramiento que conformen y organicen básicamente los resultados posteriores.

2.3- Obras de reforma en fachadas, huecos y bajos comerciales:

En estas obras deberá mantenerse el estilo y proporciones del edificio en que se realicen así como los generales expresados en este artículo.

Se emplearan los mismos materiales de fachada o bien, en casos especiales debidamente justificados, aquellos que por su textura, color y calidad en general, cumplan con los requisitos expresados.

En estos casos se permite mantener vuelos de balcón abierto a alturas menores de 3,50 metros, siempre que no dificulten el tránsito normal por la vía sobre la que vuelan.

2.4- Cubiertas:

El material de cubierta lo constituirá la teja cerámica curva, con las pendientes tradicionales y su color estará dentro de la gama de tierras.

Quedan prohibidas las cubiertas planas o terrazas.

2.5- Tratamiento de fachadas:

Se utilizarán preferentemente los revocos, en tonos ocres, rojizos o pastel; podrán emplearse las fábricas de ladrillo macizo antiguo unidas con mortero de cal. Se prohíben los acabados con chapados de piedra o plaqueta de ladrillo, excepto zócalos acabados con piedra natural.


2.6- Medianerías:

Se tratarán siempre con los mismos materiales y carácter que las fachadas.

2.7- Elementos sobre cubiertas:

Todos los elementos situados sobre las cubiertas se tratarán arquitectónicamente, prohibiéndose de manera especial los depósitos de fibrocemento al descubierto y los anuncios publicitarios.

2.8- Establecimientos comerciales, rótulos y anuncios:

La decoración publicitaria de los establecimientos comerciales (escaparates, vidrieras, rótulos) se desarrollará en los límites del espacio interior de los huecos de la planta baja.


3.- Condiciones estéticas de la zona de ensanche.

En la zona definida como ensanche serán de aplicación las condiciones estéticas generales del suelo urbano previstas en el apartado 1 de este artículo. Además de ello, los instrumentos de planeamiento que desarrollen cada una de las unidades de ejecución podrán establecer condiciones particulares destinadas a armonizar la condiciones estéticas y tipologías constructivas de la unidad, en especial se fomentará la armonización de materiales, favoreciéndose la determinación de materiales constructivos perfectamente definidos, para su utilización en el exterior de las construcciones –fachadas y cubiertas- dejando absoluta discrecionalidad en cuanto a la determinación de volúmenes, con el único límite de alturas, vuelos, retranqueos y resto de determinaciones establecidas en el Plan.


MODIFICACION ART. 52.

El artículo 52 queda redactado de la siguiente forma

Art. 52. Tipos de zonas y usos.

Tipos de zonas: Se proyectan los siguientes tipos de zonas en relación con el volumen y uso de edificación que se permitan en cada una de ellas:
- zona casco antiguo
- zona ensanche, que se subdivide en:
.- zona ensanche consolidado
.- zona ensanche no consolidado
- zona industrial
- zonas especiales: equipamientos
verde público
verde privado.

Usos: Se clasificarán en cuatro grupos, atendiendo a su finalidad:

R. Residencial: destinado al alojo de personas.

P. Productivo: destinado a la producción de bienes y servicios, excepto aquellos servicios incluidos en los grupos S y D. A su vez se dividen en seis subgrupos.

P.a. Uso agrario:
Uso correspondiente a la explotación de los recursos agrícolas, ganaderos y forestales.

P.ir. Industrias de almacenaje en medio rural:
Tienen esta consideración las actividades vinculadas al suelo sobre el que se sitúan, actividades extractivas, ganaderas y las agrias cuyo objeto es la primera transformación o comercialización de los productos agrícolas. Estas actividades deberán instalarse en el medio rural, cumpliendo las distancias y limitaciones que les correspondan.
P.i. Uso Industrial. (Industria neta.
El uso productivo correspondiente a actividades de trasformación de materiales, conservación, almacenamiento, distribución y transporte, incluyendo las industrias agroalimentarias de producción de alimentos y bebidas destinados al consumo humano que no tengan carácter artesanal.

P.iu. Industrias y almacenes en medio urbano.
Comprende las actividades excluidas de calificación y las actividades molestas con las limitaciones que establecen las presentes Normas, incluyendo los talleres y actividades artesanas con arreglo a dichas limitaciones. Talleres de mantenimiento, estaciones de servicio, lavado y reparación de automóviles.

P.c. Uso comercial.
Uso productivo de de prestación de servicios privados y venta al publico.

P.o. Uso oficinas.
Prestación de servicios privados, al público, de tipo administrativo, empresarial y profesional.

S. Equipamientos y servicios: es el uso correspondiente a las actividades que atienden necesidades sociales, en forma pública o privada. Comprende los siguientes apartado:

Sr. Residencias colectivas.
Destinadas al alojamiento de personas, incluido el uso hotelero superior a las 20 camas (el inferior a 20 camas se considerará uso residencial).

Sp. Equipamiento de interés publico.
Usos de dotaciones colectivas de carácter docente, cultural, sanitario, asistencial o religioso.

Zv. Zonas verdes y espacios libres.
Uso correspondiente a la dotación de espacios ajardinados y arbolados que excluyen otros usos. Además, aquellos otros de dominio exclusivamente peatonal, destinados al juego, la relación y el ocio.

D. Uso deportivo:
Comprende las instalaciones específicas destinadas al deporte, no incluidas en áreas con uso global diferente.


ZONA CASCO ANTIGUO


Se modifican los arts. 54 a 56 que quedan con la siguiente redacción:

Art. 54: Usos permitidos

Los edificios pertenecientes a la zona de Casco antiguo se destinaran preferentemente a vivienda.

Serán usos compatibles:

A) Industrial, del tipo Piu. (industrias y almacenes en medio urbano), con las siguientes limitaciones:

- 500 m2 y las establecidas por el R.A.M.I.N.P.
- Potencia máxima instalada 5 C.V.
- Nivel sonoro máximo 45 db, día y 30 db, noche.
- Siempre en edificios compartidos o en planta baja de solares.

Se admitirán unas tolerancias de 10% en la potencia y un 5% en la superficie.

B) Almacenes. Hasta 500 m2 y siempre que no sean para materias nocivas, insalubres y peligrosas y en las mismas condiciones de ocupación que para las industrias.

C) Comercial, hostelería y restauración. Sin más limitaciones que las derivadas de la normativa municipal en cuanto a carga y descarga.

D) Espectáculos, oficinas, residencias colectivas, equipamientos y servicios de interés social, infraestructuras, uso deportivo, espacios libres y zonas verdes.

E) Agrícolas. Solamente el almacenaje y explotaciones domésticas, debidamente aisladas del uso residencial y de acuerdo con el siguiente cuadro:


TIPO DE EXPLOTACIÓN
ESPECIE
NÚMERO DE CABEZAS
Ovino
Hasta 2
Vacuno
Hasta 2
Porcino
Hasta 2
Conejos
Hasta 10
Aves
Hasta 15
Equinos
Hasta 2

Prohibidos: todos los demás.


Art. 55: Ocupación de parcela:

Se permiten las siguientes ocupaciones: planta baja 100%
plantas alzadas 100%

Se deberá justificar el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias y la condición de vivienda exterior.

Tienen la consideración de vivienda exterior aquellas que cuentan con, al menos, una pieza habitable con longitud de fachada a vial público de al menos 2,5 metros.

Art. 56: Altura, vuelos y retranqueos

Altura:

Altura de las edificaciones de nueva planta:

3 plantas (baja y 2 alzadas), 10,5 metros, como norma general y la señalada como altura media entre dos tramos de calle, en casos especiales.
En la Calle Mayor y con la finalidad de evitar medianeras vistas y la mejor integración de la edificación en la misma se podrán admitir edificaciones de 4 plantas (baja y 3 alzadas) mediante la tramitación del correspondiente Estudio de Detalle, en el que quede justificada la conveniencia de la propuesta.

Sustitución de edificaciones existentes:

Se podrá recuperar la altura de la edificación sustituida, en caso de que fuera mayor que la permitida para edificios de nueva planta.

Vuelos:

Sobre el espacio público se permiten balcones con un fondo máximo en función del ancho de la calle:

De 0 a 5 m., no se permiten
De 5 a 8 m., fondo de 0,40 m.
De más de 8m., fondo de 0,60 m.
No se permiten vuelos cerrados.

Retranqueos:
Prohibidos.


ZONA EDIFICACION ENSANCHE


Art. 57: División zona de ensanche

Se divide la zona edificación ensanche en dos:

- Ensanche consolidado
- Ensanche no consolidado

Se incluyen en la zona de ensanche no consolidado, quedando sujetos al régimen previsto para la misma, las parcelas que el Plan incluye como suelo urbano no consolidado o tipología equivalente sustitutoria, quedando el resto del suelo incluido en la zonificación ensanche sujeto al régimen previsto para el ensanche consolidado.

Se modifican los arts. 57 a 61 con la siguiente redacción

Art. 58: Ensanche consolidado

Uso mayoritario: residencial, entre medianeras, vivienda unifamiliar o plurifamiliar, en hilera, pareada o aislada

Usos compatibles: los mismos que en el casco antiguo, incluso en edificios de uso exclusivo

Prohibidos: todos los demás

Ocupación máxima: 100 % en planta baja y 90 % en plantas alzadas. La ocupación permitida se entiende incluida en la parcela neta, es decir la delimitada por las alineaciones oficiales.

Alturas: 3 plantas, 10,5 metros

Vuelos: Sobre el espacio público se permiten balcones con un fondo máximo en función del ancho de la calle:

De 0 a 5 m., no se permiten
De 5 a 8 m., vuelo 0,40 m.
De más de 8m., vuelo 0,70 m.

Vuelos cerrados solamente permitidos miradores acristalados en calles de más de 8 m. de anchura, con una limitación de 1/10 de dicha anchura o 1 metro y de 1/2 de la longitud de fachada, en cada planta.
Retranqueos:

En viviendas entre medianeras están prohibidos.

En el resto de tipologías permitidas se permiten retranqueos de 2,50 metros a fachada y 1,50 metros a linderos, como mínimo con uso exclusivo de jardín.


Art. 59. Ensanche no consolidado

Uso mayoritario: residencial colectivo en edificación abierta de baja densidad, vivienda unifamiliar, en hilera, pareada o aislada

Usos compatibles: los mismos que en el casco antiguo, incluso en edificios de uso exclusivo

Prohibidos: todos los demás

Parcela mínima: a los exclusivos efectos de regular el tamaño mínimo de las fincas que pueden resultar de parcelaciones y segregaciones, se establece la parcela mínima en 150 m2 y 5 de fachada. La regulación de la parcela mínima no impide edificar parcelas existentes con superficie y/o fachada inferiores a las mínimas, únicamente se impide que puedan generar nuevas parcelas de superficie o longitud de fachada inferiores a las establecidas a partir de otras parcelas mayores.

Ocupación máxima: 80% en planta baja, con un fondo máximo de 20m desde la línea de fachada y 80 % en plantas alzadas, con un fondo máximo de 14 mts desde la línea de fachada. La ocupación permitida se entiende incluida en la parcela neta, es decir la delimitada por las alineaciones oficiales

Alturas: Planta Baja + 1 alzada + bajo cubierta, o bien, planta baja + 2 alzadas, en cualquier caso con el límite de 9 metros de altura de cornisa.

Retranqueos:

Se observarán obligatoriamente retranqueos a fachada de 2,5 metros y a linderos de 2 metros como mínimo.

Longitud máxima de fachada continua:

Con el fin de evitar edificios de envergadura excesiva, ajenos a la tipología habitual en el municipio, se limita la longitud máxima de fachada continua de los nuevos edificios a un máximo de 45 ml.

Construcciones permitidas sobre la altura máxima:
Se admiten con carácter general las siguientes construcciones por encima de la altura:
a).- La vertiente del tejado se conformará a base de planos continuos, no podrá rebasar el plano de 40% trazado desde el borde superior del alero, ni la altura máxima visible del edificio que se establece con carácter general en 3,5 mts por encima de la altura máxima permitida.
La arista teórica que resultaría de la intersección del plano de la fachada con la cara superior del faldón de la cubierta no podrá rebasar en más de 0,50mts, la altura máxima de la edificación determinada para la zona.
b).-Englobados en las vertientes del tejado se admitirán los usos de cuartos trasteros, cuartos de instalaciones e incluso vivienda, debiendo justificar en éste último caso el cumplimiento de las condiciones higiénico sanitarias vigentes para dicho uso.
c).- Los remates de las cajas de escaleras, ascensores, y otras instalaciones, que en todo caso , no podrán rebasar un plano de 45º trazado desde los bordes superiores del alero de las fachadas exteriores, interiores y patios, ni sobrepasar la altura visible del edificio.
d).- Las chimeneas de ventilación o de evacuación de humos, antenas colectivas y otras instalaciones necesarias para garantizar el uso adecuado de la edificación, con las alturas que permitan su correcto funcionamiento.
Arts. 60 a 64: se derogan quedando sin contenido y su concordante Anexo I”.

TERCERO: Publicar la presente modificación de las Ordenanzas Urbanisticas integrantes del P.G.O.U. del Municipio de Morata de Jalon, con indicación de los recursos procedentes contra la misma, en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento.

CUARTO: Remitir copia del presente acuerdo plenario junto con los planos y demás documentos sobre los que ha recaído la aprobación definitiva, debidamente debidamente diligenciados por la Secretaria de la Corporación Municipal a la Exma. Diputacion General de Aragón, Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, para su conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artc. 3 del Decreto 52/2002, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 5/99, de 25 de Marzo.

QUINTO: Facultar a la Sra. Alcaldesa para realizar cuantos trámites legales sean necasarios a efectos del cumplimiento del presente acuerdo plenario.



3º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, FACTURAS PENDIENTES DE PAGO Y REPAROS DE INTERVENCIÓN.


Toma la palabra la Sra. Alcaldesa, procediendo a dar lectura a la totalidad de facturas e ingresos que integran el estado de Gastos-Ingresos correspondiente a las Fiestas Locales en Honor a S. Roque y Sta. Bárbara celebradas en el presente año 2007, con el resultado que se indica a continuación:

TOTAL GASTOS:…………………………111.553,74 EUROS.
TOTAL INGRESOS………………………..24.350,06 EUROS.

A continuación, de orden de Presidencia, se procede por Secretaría a la lectura de las dos facturas que a continuación se relacionan, haciendo constar que se ha procedido al pago por domiciliación bancaria de las mimas, a pesar de que su importe es superior a 3.000.00 euros, correspondiendo en consecuencia la competencia para su aprobación previa a dicho pago, al Pleno del Ayuntamiento.

RELACIÓN DE FACTURAS:

1º. Factura nº 96462176, de fecha 28 de Agosto del 2007, Empresa: Sociedad General de Autores y Editores, Concepto: pago derechos autor composiciones musicales interpretadas por las orquestas que actuaron en el Municipio durante las fiestas locales de S. Roque 2007 en la Localidad. Importe: 3.499,72 euros.

2º.- Recibo nº 21116144-202, de fecha 2/08/2007, Empresa: Mafre seguros generales, Concepto: pago póliza de seguros nº 0550780361597, con vencimiento fecha: 20/08/2007, correspondiente al ramo de accidentes colectivos, Importe: 3.038,54 euros.

Acto seguido de orden de Presidencia, se procede por Secretaría a la lectura de las facturas pendientes de pago existentes a la fecha de celebración de la presente Sesión Plenaria, cuyo importe excede de 3.000 euros (según distribución de competencias en materia de pagos que figura en las bases de ejecución del presupuesto), a efectos de su aprobación y cuya relación es la siguiente:

1º.- Factura nº 00325, de fecha 11-09-2007, Empresa: “J. M. Blasco”, concepto: limpieza de calles durante las fiestas de S. Roque 2007, Importe: 4.287,36 euros.
2º.- Factura nº 124/2007, correspondiente a minuta de honorarios profesionales del despacho colectivo de abogados: Frco. Romero Paricio y otros, Concepto: Dirección técnico-jurídica en el recurso Contencioso-administrativo nº 271/06, Proced. Ordinario seguido a instancias de “Puntel Metálicos S.L.U.” asunto rescisión contrato cesión de uso a título gratuito Nave industrial Urbina, propiedad del Ayuntamiento. Importe: 597,10 euros.
3º.- Factura nº 126/2007, correspondiente a minuta de honorarios profesionales del despacho colectivo de abogados: Frco. Romero Paricio y otros, Importe: 2.903,62 euros. Concepto: Dirección técnico-jurídica en los siguientes procedimientos administrativos seguidos con motivo del contrato de cesión de uso en precario del inmueble: “nave urbina” a favor de Puntel Metálicos S.L.U.
a) Exped. de resolución de contrato de cesión de uso en precario.
b) Expediente de clausura de la actividad industrial realizada por Puntel Metálicos.
c) Expediente de Reclamación de cantidades pendientes por el pago de facturas de gastos de suministro de energía electrica y telefonía.

4º.- Factura nº 69, de fecha 23/09/2007, Empresa: Pinturas Salo Soc. Cooperativa, Concepto: Pintural fachada Casa Consistorial Ayuntamiento Morata de Jalon, Importe: 5.703,72 euros.
5º.- Factura nº 261.084, de fecha 11-09-2007, Empresa: Mifae S.L. , Concepto: Persianas nuevas instaladas en el Ayuntamiento de Morata de Jalon.

Acto seguido, se procede por Secretaría, de orden de Presidencia, a dar lectura a los recibos que a continuacion se relacionan, por importe inferior a 3.000 euros., que han sido reparados por intervención, por no ser constitutivo el recibo presentado (acreditativo del gasto) de factura formalmente emitida, por lo que incumple la normativa legal y fiscal actualmente en vigor (artcs. 168 y 197 de la Ley 39/88, 28 diciembre RHL):

1º.- Recibo presentado por D. Santiago Oriol Cuartero, en representación de “Club Deportivo Morata”, fecha 15-Agosto-2007, Concepto: dietas transporte autobús equipos futbol Utebo y Amistad para partidos Fiestas S. Roque 2007, Importe: 150 euros.
2º.- Recibo presentado por D. Santiago Oriol Cuartero, en representación de “Colegio de árbitros”, fecha 15-Agosto-2007, Concepto: arbitraje partido de futbol Utebo y Amistad Fiestas S. Roque 2007, Importe: 339,21 euros.
3º.- Recibo presentado por D. Alejando Blas Molinos, fecha 19-Agosto-2007, Concepto: guiso de la vaca Fiestas S. Roque 2007, Importe: 260 euros.
4º.- Recibo presentado por Enrique Gabarre Gimenez y Jesus Longares Vela, de fecha 20 de agosto 2007, concepto: trabajo taquilleros en pabellón de fiestas durantes las fiestas locales S. Roque 2007, Importe: 350 y 400 euros, respectivamente.
5º.- Rebibos presentados por Pablo Oriol Blazquez, Gema Carlota Exposito, y Laura Fran Maestro, fecha 14 Agosto 2007, concepto: 1º, 2º y 3º premios concurso carrozas fiestas locales S. Roque 2007, importes: 500 euros, 300 euros y 200 euros respectivamente.
6º.- Recibos presentados por Mario Heredia Moratinos, Isabel Giralte Gardiel y Alba Cuartero Moratinos, de fecha 14 de agosto 2007, concepto: pago 1º, 2º, y 3º premios concurso portadas programas de fiestas; importe: 125 euros, 37,50 euros y 37,50 euros.
7º.- Recibos presentados por Rafael Florit Llunch y Raquel Marin Lázaro, no consta fecha, concepto: servicios medicos durante festejos taurinos fiestas S. roque 2007, Importe: 474,30 euros y 474.30 euros respectivamente.
8º.- Recibo presentado por Ana Sebastian, de fecha 14 agosto 2007, concepto: pago como presentadora gala del pregón de fiestas S. Roque 2007, Importe: 250 euros.
9º.- Recibo presentado por Sergio Puelles Gil, en calidad de miembro de la Comisión de festejos del Ayuntamiento de Morata de Jalon, fecha 3 agosto 2007, concepto: dietas viaje a Zaragoza con vehiculo propio para realizar compras necesarias para celebración diversos actos fiestas S. Roque 2007, Importe: 33,60 euros.
10º.- Recibo presentado por Antonio Frco. Alcalde Casado, en calidad de miembro de la Comisión de festejos del Ayuntamiento de Morata de Jalon, fecha 20 agosto 2007, concepto: dietas viaje a Zaragoza con vehiculo propio para visitar a la ganadería de reses bravas contratada para las fiestas S. Roque 2007, Importe: 42,56 euros.

11º.- Recibo presentado por Miriam Joven Torcal, en calidad de miembro de la Comisión de festejos del Ayuntamiento de Morata de Jalon, fecha 20 agosto 2007, concepto: dietas viaje a Zaragoza con vehiculo propio para realizar compras necesarias para diversos actos a celebrar durante las fiestas S. Roque 2007, Importe: 42,56 euros.
12º.- Recibo presentado por D. Jose Javier Beiste Trasobares, ( gestos del economato de Cementos) fecha 14-08-07, concepto: venta jamón, chorizo y salchichón para premios otorgados a las mejores pancartas durante las fiestas S. Roque 2007. Importe: 98,63 euros.
13º.- Recibo presentado por Noel Serrano, fecha 08-08-07, concepto: compra cuatro sombreros grandes y dos pequeños para actos Fiestas S. Roque 2007, Importe: 43,50 euros.
14º.- Recibo presentado por Dolores Valles, fecha 21 agosto 2007, concepto: dos platos cerámicos para homenaje a ancianos y cuatro placas para actos fiestas S. Roque 2007, Importe: 90 euros.
15º.- Recibo presentado por Belen Tafur, en representación de Peña la Reno, fecha 14 agosto 2007, concepto: subvención Ayuntamiento para celebración campeonato de guiñote fiestas S. Roque 2007, Importe: 90 euros.
16º.- Recibo presentado por Jose Joaquin Lara Triguero, propietario del Bar “La Plaza”, fecha 17-08-07, pago refrescos ofrecidos al grupo unión latina y cabezudos, fiestas S. Roque 2007, Importe: 25,55 euros.
17º.- Recibo presentado por Miguel Mercado Cuartero, sin fecha, concepto.: venta articulos alimenticios para guiso popular de la vaca fiestas S. Roque 2007, Importe: 682 euros.

Finalizada la lectura de las facturas pendientes de pago y los recibos reparados previamente por intervención, la Sra. Alcaldesa somete a aprobacion la citada relacion de facturas por importe superior a 3.000,00 euros y recibos (no constitutivos de factura formalmente emitida), reparados por intervención y pendientes de pago, asi como los mandamientos de pago correspondientes, reparados igualmente por intervencion,
Resultando aprobados y levantado el reparo por ocho votos a favor, que suponen, en todo caso, unanimidad de los miembros corporativos presentes.


Acto seguido el Sr. Concejal D. Oscar Embid Ibáñez toma la palabra, solicitando expresamente que conste en acta el contenido de su intervención, que se transcribe a continuación en forma resumida: “Emito mi voto en sentido favorable, a resultas de la celebración del primer pleno con carácter ordinario por la Corporación Municipal, en el que, en el punto de ruegos y preguntas, quisiera que se aludiera a la observación sobre el aspecto exterior que ofrece actualmente la fachada del edificio de la Casa Consistorial de este Municipio después de haberse procedido al pintado de la misma recientemente. En mi opinión hay una prohibición del barnizado de los ladrillos que forman parte de la fachada del citado edificio, ya que va en contra de lo dispuesto en las Ordenanzas Urbanisticas Municipales y de la declaración expresa de Monumento “Bien de Interés Cultural” que se otorgó al Palacio de los Condes de Argillo, inmueble sito en la zona de influencia de la Casa Consistorial de esta Localidad.


4º.- DAR CUENTA DECRETOS Y OTRAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA.


Toma la palabra la Sra. Alcaldesa procediendo a dar lectura de los siguientes Decretos de Alcaldía y escritos notificados al Ayuntamiento:

1º.- Escrito de fecha 10 Julio 2007, remitido por el Gobierno de Aragón (Depto, de Medio Ambiente, Direc. General del Medio Natural), por el que se deja sin efecto parcialmente las ordenes de fecha 26 de Julio y 17 de Diciembre del 2004, por las que se concedió a este Ayuntamiento una subvención para la realización de la obra: “Restauración y recuperación para el uso público del espacio natural barranco del baldlio de Morata de Jalón (Valle de los fósiles), y anular la parte de la misma que no ha sido ejecutada por importe de 12.180,00 euros.

2º.- Servicio de Educación de Personas adultas: Presentación de escrito con fecha 28 de Agosto del 2007 por Dª. Monserrat Abad García, titular de la plaza del Ayuntamiento de Morata de Jalon adscrita al Servicio de Educación de personas adultas de esta Localidad, solicitando la concesión de excedencia voluntaria en el desempeño de su puesto de trabajo. Se informa por la Sra. Alcaldesa que se está tramitando el expediente correspondiente para proceder a la contratación de un profesor/a que le sustituya con carácter interino durante el presente curso escolar 2007-2008, solicitándose oferta de empleo al INAEM.

Igualmente se informa por Presidencia de la pérdida por el Ayuntamiento de la subvención correspondiente al servicio de educación de personas adultas para el próximo curso escolar 2007-2008 por importe de 9.500 euros, al haber sido desestimada la solicitud debido al carácter extemporáneo de la misma, según escrito remitido al Ayuntamiento por el Serv. De Bienestar social y desarrollo de la Exma. D.P.Z. con fecha 25 de Julio del 2007.

3º.- Escrito de fecha 21 de Junio del 2007, presentado por el vecino del Municipio D. Cecilio Garza Trasobares, solicitando entrevista con “persona autorizada” del Ayuntamiento para negociar en relación con la situación existente en finca de su propiedad: finca rústica, monte, en la partida Jabacín, donde ha detectado la plantación por el Ayuntamiento, sin previa consulta con su propietario ni consentimiento expreso al efecto, de árboles, y la instalación de un sistema de riego a goteo, tanto en el camino perteneciente a la finca como en las parcelas lindantes con el camino, manifestando su desacuerdo con dicha instalacion.
Posteriormente el citado vecino presentó otro escrito con fecha 28 de Agosto del 2007, por el que concede un plazo de 20 dias al Ayuntamiento para la retirada de la totalidad de la instalación del sistema de riego por goteo y se proceda al trasplante de los árboles.


4º.- Se informa por Presidencia de la necesidad de negociar un nuevo convenio con la Empresa “Cemex España S.A.” para determinar los términos y condiciones en que va a suministrar cemento al Ayuntamiento, haciendo constar que con fecha 20-04-2007, el Ayuntamiento debía 7.594 sacos de cementos a proveedores del Municipio.

Finalizada su intervención por la Sra. Alcaldesa, se procede por Secretaría a la lectura de los Decretos y Resoluciones dictados por la Presidencia desde la última Sesión Plenaria celebrada, que se relacionan continuacion:

1º.- Decreto de Alcaldía de fecha 5 de Septiembre del 2007, por el que se delega en la SR. Concejala del Ayuntamiento Dª. Rosa Maria Aznar García la competencia para la celebración del matrimonio civil con fecha 08-09-2007, entre D. Jose Ignacio Gimeno Gimeno y Dª. Lidia Alonso Romero.
2º.- Escrito de Alcaldía de fecha 3 de Agosto del 2007, por el que se solicita a la Comarca de Valdejalón la concesión de una subvención dentro de la convocatoria realizada al efecto, con destino a sufragar los gastos derivados del cumplimiento de la normativa sobre proteccion de datos.
3º.- Decreto de Alcaldia, de fecha 2 de Agosto del 2007, por el que se adjudica la ejecución de la obra, denominada: “Acondicionamiento planta baja del Ayuntamiento para archivo almacén”, a favor de la Empresa “Rafael Joven Pascual”, y se procede a la aprobación del gasto por importe de 15.460,48 euros.
4º.- Decreto de Alcaldía de fecha 30 de Julio del 2007, por el que se aprueba el celebración de un contrato menor de prestacion de servicios de consultoría entre este Ayuntamiento y la empresa “TAP Consultoría tecnológica ROA consulting”, en el marco del convenio de colaboración entre la FAM y la citada consultoría, en lo referente a la adaptación y cumplimiento de la normativa sobre proteccion de datos personales. Importe del contrato: 3.540 euros.
5º.- Decreto de Alcaldía de fecha 30 de Julio 2007, por el que se adjudica la ejecución de la obra denominada: “Reforma de A.C.S. Y A.F. en pabellón polideportivo La Cerrada” a la Empresa “Fontanería Gimeno” y se procede a la aprobacion del gasto por importe de 7.659,12 euros.
6º.- Decreto de Alcaldía de fecha 27 de Julio del 2007, por el que se solicita a la Oficina comarcal de agricultura y alimentación de la Almunia de Doña Godina visita de inspección y emisión de informe sanitario en expediente de solicitud de licencia municipal de apertura para ejercicio de actividad: “Papalería zagales, venta al público de prensa, revistas y otros artículos”, solicitada por Maria Jose Gimeno Joven.

7º.- Decreto de Alcaldía de fecha 25 de Julio del 2007, por el que se requiere la presentación de documentacion técnica complementaria a Maria Jose Gimeno Joven, solicitante de licencia municipal de apertura para ejercicio de actividad: “Papalería zagales, venta al público de prensa, revistas y otros artículos”, a efectos de la tramitación del expediente.

8º.- Decreto de Alcaldía de fecha 25 de Julio del 2007, por el que se resuelve prescindir de los servicios profesionales de D. Frco. Romero Paricio, en calidad de letrado asesor y defensor del Ayuntamiento en el procedimiento judicial ordinario nº 271/2006-AP, iniciado a instancias de la Empresa “PUNTEL METÁLICOS S.L.U” contra este Ayuntamiento.

9º.- Decreto de Alcaldía de fecha 23 de Julio del 2007, por el que se solicita al arquitecto técnico Municipal, D. Rafael Sanchez Jimenez, la presentacion de documentación técnica en relacion con el expediente de concesión de licencia de apertura para ejercicio de actividad denominada: “Albergue de montaña en Morata de Jalón”.
10º.- Decreto de Alcaldia de fecha 24 de Julio del 2007, por el que se concede al Serv. Provincial de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, Licencia Municipal Urbanistica de obras para “Construcción de un comedero (muladar) para alimentacion de aves rapaces necrófagas en el Término Municipal de Morata de Jalón (poligono nº 4, parcela nº 32).

Y no habiendo màs asuntos que tratar, la Sra. Alcaldesa declarò finalizado el acto, levantandose oficialmente la Sesion siendo las 12,10 h, de la cual extiendo la presente acta de la que como Secretaria doy fe, con el Visto Bueno de la Sra. Alcaldesa-Presidenta.

Vº. Bº. SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA: LA SECRETARIA:

Dª. Maria Cristina Andres. Maria D. Nuño de la Rosa Ballesteros.