jueves, 15 de noviembre de 2007

PARTE PRIMERA Sesión Plenaria de 4 de Octubre 2007

SESION PLENARIA ORDINARIA DE FECHA 4 DE OCTUBRE DEL 2007.




CONCEJALES ASISTENTES

D. ANTONIO GOMEZ GARCÍA.
Dª. MARIA LUISA TORCAL BORNIQUEL.
Dª IVANA MAINAR GARCILOPEZ.
D. OSCAR EMBID IBAÑEZ.
Dª ANGELA GIL MARTINEZ.
D. JOSE FRANCISCO SANCHO CUARTERO.
D. JOSE ANTONIO ORCE ABENIA.
Dª. ROSA MARIA AZNAR GARCÍA.


En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Morata de Jalón, siéndo las 11,00 horas del día 4 de Octubre del 2007, se reúne la Corporación Municipal en Sesión de carácter Ordinario, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa Dª Maria Cristina Andres Ostariz, y concurren los Sres. Concejales arriba citados, asistidos por la Secretaria-Interventora de la Corporacion Municipal, Dª. Maria Dolores Nuño de la Rosa Ballesteros, que certifica.
Abierta la sesión y declarada pública por la Presidencia, siendo las 11.00 horas, previa convocatoria realizada al efecto con la antelación reglamentaria, se procede a conocer los siguientes asuntos incluídos previamente en el Orden del Día.

1º.- LECTURA Y APROBACION, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.
Toma la palabra la Sra. Alcaldesa declarando abierta la Sesion. Acto seguido la Sra. Presidenta pregunta a los miembros corporativos presentes si tienen que presentar alguna objección al borrador del acta de la sesión anterior de fecha 12 de Septiembre del 2007, que ha sido distribuída previamente con la convocatoria. Acto seguido la Sra. Alcaldesa abre el debate. Terminado, el cuál, y no formulàndose ninguna objeccion especifica, se somete, por Presidencia a votacion el borrador del acta de la Sesion anterior de carácter Extraordinario celebrada con fecha 12 de Septiembre del 2007, resultando aprobada por ocho votos a favor, que suponen, en todo caso, unanimidad de los miembros corporativos presentes.
Se hace constar que la Sra. Concejala Dª. Rosa Maria Aznar se abstiene de tomar parte en la votación por inasistencia a la citada Sesión Plenaria.


2º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, CERTIFICACIÓN Nº 4-LIQUIDACION DE LA OBRA DENOMINADA: “CONSTRUCCIÓN NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE MORATA DE JALON”.


Toma la palabra la Sra Alcaldesa, recordando a los Srs. Concejales que en virtud de Decreto del Alcaldía de fecha 26 de Junio del 2006 (del que se dio cuenta al Pleno Corporativo en Sesion Extraordinaria de fecha 27 de Julio del 2006), se adjudicó la ejecución de la obra denominada: “CONSTRUCCIÓN DE NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE MORATA DE JALON” a la Empresa “GARCAT. Construcciones y excavaciones Andrés Ramón García Catalán” por el precio ofertado de 57.082,57 euros IVA incluido, en virtud del procedimiento administrativo de contratación tramitado al efecto, mediante subasta por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, firmandose el correspondiente contrato administrativo de obra con fecha 3 de Julio del 2006.
Se hace constar por Presidencia, que ha finalizado la ejecución de la obra en su totalidad, emitiendose la certificación nº 4-liquidación con fecha Septiembre del 2007 por el técnico Municipal, D. Rafael Sanchez Jimenez, redactor de proyecto técnico y director técnico de la obra, ascendiendo su importe a la cantidad de 3.841,34 euros, IVA incluido.
Acto seguido la Sra. Alcaldesa abre el debate, terminado al cuál, la Corporación Municipal, en votación ordinaria y por nueve votos a favor que suponen mayoria absoluta del nº legal de miembros de la Corporación Municipal, y en todo caso, unanimidad de los miembros presentes, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Aprobar la Certificación nº 4º-liquidación de la obra denominada: “CONSTRUCCIÓN DE NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE MORATA DE JALON”, emitida con fecha Septiembre del 2007 por el técnico Municipal, D. Rafael Sanchez Jimenez, redactor de proyecto técnico y director técnico de la obra, ascendiendo su importe a la cantidad de 3.841,34 euros, IVA incluido (TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y CUATRO céntimos, IVA incluido).

SEGUNDO: Aprobar la factura nº 81 de fecha 25-09-2007, Proveedro: Empresa adjudicataria de la obra “GARCAT. Construcciones y Excavaciones Andres Ramòn García Catalán,” en concepto de certificación nº 4-liquidación obra: Nichos en el cementerio Municipal de Morata de Jalón, Importe: 3.841,33 euros IVA incluido.

TERCERO: Aprobar el gasto por importe de 3.841,33 euros, y ordenar el pago, con cargo al estado contable de “contraído-resultas”: Restos por pagar Presupuesto Municipal año 2006 (partida 4.4.3-630.03 (Nichos cementerio Municipal).


3º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, MODIFICACIÓN CONTRATO ADMINISTRATIVO DE LA OBRA DENOMINADA: “RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA EN EL MUNICIPIO DE MORATA DE JALON”.


Toma la palabra la Sra. Alcaldesa dando cuenta a la Corporación Municipal del expediente administrativo tramitado para la resolución de la solicitud presentada con fecha 13 de Julio del 2007 (reg. de entrada nº 469) por el Arquitecto redactor del Proyecto técnico y director técnico de la obra, D. Emiliano Gonzalez Galaz, en el que se solicita la modificación del proyecto técnico y del contrato administrativo de obras de la obra denominada: “RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA” inicialmente adjudicado a la Empresa ARTEMON S.A .con fecha 14 de Julio del 2005, por un importe total de 177.405,77 euros, al considerar que se han producido modificaciones/ampliaciones en el proyecto de obras inicial, y que están recogidas en el documento técnico que acompaña al escrito arriba citado, denominado: “PROYECTO MODIFICADO DE RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA EN EL MUNICIPIO DE MORATA DE JALON”, con un presupuesto de ejecución por contrata por importe de 235.884,99 euros IVA incluido.
El escrito de fecha 13 de Julio del 2007, arriba citado, solicitando la modificación del proyecto técnico y del contrato de obras inicial se manifiesta en los siguientes términos:
”D. EMILIANO GONAZALEZ GALAZ, como arquitecto redactor del proyecto “RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA EN MORATA DE JALON”, y arquitecto director técnico de la obra:
EXPONE:
Que una vez comenzadas las obras, se ha visto la necesidad de modificaciones y ampliaciones del proyecto que fue aprobado por el Ayuntamiento de Morata de Jalón y adjudicado a la empresa ARTEMÓN S.A..
Dado que las modificaciones suponen un aumento del Presupuesto,
SE PRESENTA PROYECTO MODIFICADO DE RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA, para que sea, si se tiene a bien, aprobado por parte del Ayuntamiento, y presentado al contratista de la obra para su aceptación.
Igualmente se informa por Presidencia, que han sido abonadas al contratista el importe total de las certificaciones de obra 1ª a 7ª (ambas inclusive) según el siguiente detalle, cuyo importe total, en concepto de abonos a cuenta al contratista, asciende a la cantidad de 159.001,68 euros.

CERTIFICACION Nº 0:
Fecha de emisión: 31 Agosto 2005.
Importe:11.879,44euros.
Concepto: honorarios redaccion proyecto técnico y estudio de seguridad y salud. Fecha de aprobación: Sesión Plenaria ordinaria fecha 3 de Noviembre 2005.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Importe subvención: 60.000 euros.

CERTIFICACIÓN Nº 1:
Fecha de emisión: 30 Septiembre 2005.
Importe: 11.458,06 euros.
Concepto: Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria ordinaria fecha 3 de Noviembre 2005.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Importe subvención: 60.000 euros.

CERTIFICACION Nº 2:
Fecha de emisión: 31 Octubre 2005.
Importe:36.676,49euros
Concepto: a).- 4.380,00 euros: honorarios dirección téc. arquitecto y aparejador
b).-33.196,49 euros, Ejecución efectiva de obra
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Ordinaria de fecha 3 Noviembre 2005.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Anualidad 2004 Importe subvención: 60.000 euros.
CERTIFICACION Nº 3
Fecha de emisión: 30 Diciembre 2005.
Importe:13.928,88euros.
Concepto: Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Extraordinaria fecha 18 Enero 2006.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Anualidad 2005 Importe subvención: 50.000 euros.

CERTIFICACION Nº 4
Fecha de emisión: 30 Enero 2006.
Importe:16.505,51euros.
Concepto: Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Ordinaria fecha 6 Abril 2006.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Anualidad 2005 Importe subvención: 50.000 euros.

CERTIFICACION Nº 5
Fecha de emisión: 28 Febrero 2006.
Importe:19.567,14euros.
Concepto: Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Extrardinaria fecha 24 Mayo 2006.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2004-2005. Anualidad 2005 Importe subvención: 50.000 euros.

CERTIFICACION Nº 6
Fecha de emisión: 23 Noviembre 2006.
Importe:49.138,15euros.
Concepto: a).- 10.589,44: Honorarios arquitecto redacc. Proy.. tec. 2ª fase.
b).- 38.548,71: Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Extrardinaria fecha 27 Noviembre 2006.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2006-2007. Anualidad 2006 Importe subvención: 45.000 euros.

CERTIFICACION Nº 7

Fecha de emisión: Junio 2007.
Importe:30.000,00euros.
Concepto: a).- : 4.203,11 Honorarios direc. Tecnica, arquitecto y aparejador.
b).- 25.796,89 : Ejecución efectiva de obra.
Fecha de aprobación: Sesión Plenaria Extrardinaria fecha 9 Julio 2007.
Subvención: D.P.Z., Plan Bienal Restauración Bienes Inmuebles Histórico-Artisticos Municipios Provincia de Zaragoza, años 2006-2007. Anualidad 2007 Importe subvención: 30.000 euros.


IMPORTE TOTAL PAGADO A CUENTA DE LAS CERTIFICACIONES DE OBRA AL CONTRATISTA:……………….. 159.001,68 EUROS.

IMPORTE TIPO LICITACIÓN ADJUDICACIÓN OBRA SEGÚN CONTRATO…………………………………177.405,77 EUROS.

IMPORTE DIFERENCIA PENDIENTE DE PAGO A CUENTA DE CERTIFICACIONES A FAVOR DEL CONTRATISTA HASTA LIQUIDACION FINAL OBRA…….....................………………18.404,09 EUROS.

IMPORTE HONORARIOS PAGADOS EN CONCEPTO DE DIRECCIÓN TÉCNICA DE OBRA AL ARQUITECTO Y APAREJADOR…………………………......... 31.051,99 EUROS.

IMPORTE PROYECTO MODIFICADO DE LA OBRA…………………235.884,99 EUROS.


Se concluye por la Sra. Alcaldesa, que importe total del Proyecto modificado asciende a la cantidad de 235.884,99 a lo que hay que añadirle el correspondiente coeficiente de baja que tuvo lugar en la subasta de adjudicación inicial de la obra: 0,9675. Realizada esta operación el importe de adjudicación de la modificación del contrato de obra asciende a la cantidad total de: 228.218,72 euros. De dicha cantidad se ha pagado al contratista, en base a las certificaciones a cuenta emitidas por el arquitecto redactor del proyecto tecnico y director de obra, un total de 159.001,68 euros, por lo que la cantidad pendiente de pago al contratista por la modificación del contrato de obras propuesta asciende a un TOTAL POR IMPORTE DE: 69.217,04 euros.
Visto el informe técnico de fecha 13 de Julio del 2007, emitido por el redactor del proyecto técnico y Director de las obras, D. Emiliano Gonzalez Galaz, en el que se indican las modificaciones y ampliaciones que han surgido en el transcurso de la obra mediante la descripción de las unidades de obra ampliadas, los imprevistos y las unidades no ejecutadas del proyecto inicial. Visto el informe técnico de fecha 13 de Julio del 2007 (reg. de entrada nº 678, de fecha 9 de Octubre del 2007) emitido por D. Emiliano Gonzalez Galaz, en el que se hace constar que “El proyecto modificado tiene un presupuesto de ejecución por contrata de 235.884,99 euros, lo que supone un aumento de obra de un 28,64222% sobre el proyecto inicial”. /………Igualmente “No se considera procedente la convocatoria de una nueva licitación por las unidades de la modificación, ya que se encuentran los andamios colocados hasta la cúpula de la torre y sería más costoso su desmontaje y vuelta a montar, además de la urgencia de reponer la cúpula por las inclemencias meteorológicas”.
Visto el informe Juridico y de intervención emitido por secretaría con fecha 17 de Julio del 2007, donde se indica el procedimiento a seguir y la procedencia para tramitar la modificación del contrato de obras inicialmente firmado entre las partes, así como el reciente informe de Intervención emitido por Secretaría-Intervención con fecha 2 de Octubre del 2007, en el que se hace constar la existencia de crédito adecuado y suficiente para la cobertura presupuestaria de la modificación contractual propuesta.
A tenor de lo dispuesto en los artículos 234, 29 30 de la Ley 7/99, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón en relación con el Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos para las Administraciones Públicas: artículos 14,42, 54, 59, 67, 69, 102, 103, 112, 114, 140, 146, 149, 154, 182, 189, 192, 210, 212, 213, y 218, y el Reglamento General de Contratación., Decreto 3410/75, de 25 de noviembre: artículos 146 a 152, la Corporación Municipal, en votación ordinaria y por ocho (8).votos a favor que suponen mayoria absoluta del nº legal de miembros de la Corporación Municipal, y en todo caso, unanimidad de los miembros corporativos presentes, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Aprobar la modificación del proyecto técnico y contrato administrativo de las obras denominadas: “PROYECTO MODIFICADO DE RESTAURACIÓN DE LA TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE STA. ANA EN EL MUNICIPIO DE MORATA DE JALON” con un presupuesto total (IVA incluido) por importe de: 235.884,99 euros, cuya formalización se produjo mediante documento administrativo de fecha 14 de Julio del 2005 con la empresa: “ARTEMÓN S.A. TÉCNICAS DE ARQUITECTURA MONUMENTAL”. Dicha modificación supone un incremento del 28,64222 % del precio primitivo del contrato incial, siendo obligatorio por parte del contratista su ejecución.
SEGUNDO: Aprobar el gasto por un importe total de 69.217,04 euros IVA incluido, con cargo a la partida 4.5.3-611.00 (Rehabilitación Torre Iglesia Sta. Ana) del Capitulo VI (inversiones reales) del Presupuesto Municipal del presente año 2007, con una consignación presupuestaria por importe de 102.454,21 euros, (a fecha 30 de Septiembre del 2007) haciendo una reserva por el mismo importe para dar cobertura al citado gasto. TERCERO: Dar traslado de certificación del presente acuerdo Plenario a la empresa adjudicataria de las obras, “ARTEMÓN S.A. TÉCNICAS DE ARQUITECTURA MONUMENTAL”, en cumplimiento del trámite de audiencia al contratista, por plazo de 10 días naturales a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación del presente acuerdo plenario, entendiéndose aprobada definitivamente la presente modificación del proyecto técnico y del correspondiente contrato administrativo de obras, caso de que no se produzca ninguna alegación o manifestación en contra por parte de la citada empresa adjudicataria de la obra.. Todo ello dando cumplimiento de lo dispuesto en el artc. 146.3 del RDL 2/2000, de 16 de Junio, TRLCAP.CUARTO: Autorizar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, para la firma de cuantos documentos resulten necesarios para la ejecución de presente acuerdo.

4º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, BORRADOR CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE AYUNTAMIENTO DE MORATA DE JALÓN Y LA EMPRESA “CEMEX ESPAÑA S.A.” PARA SUMINISTRO DE CEMENTO.


Se da cuenta por Presidencia de las conversaciones mantenidas con el Empresa "CEMEX ESPAÑA S.A.." a fin de determinar el contenido del nuevo Convenio a suscribir entre la referida Empresa y el Ayuntamiento de Morata de Jalon, que derogaría al anterior (aprobado en Sesion Plenaria Extraordinaria de fecha 16 de Septiembre del 2004) vigente hasta el dia 31-12-2007. Se procede por Presidencia a dar lectura al contenido del citado documento, del que se destacan como aspectos màs importantes los siguientes: “OBJETO DEL CONVENIO: Establecer acuerdos o compromisos entre las partes que definan de una manera amplia y precisa el marco que ha de regir las relaciones entre el Ayuntamiento y Cemex con respecto a los establecimientos industriales que esta ùltima Sociedad mantiene dentro del Tèrmino Municipal de Morata de Jalon y los que pueda establecer en un futuro.

COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO:
-Proteger la industria integral (extractiva de recursos naturales y fabril) para producir y expedir cemento, que CEMEX tiene en su término Municipal, así como, favorecer y apoyar de acuerdo con sus posibilidades, toda iniciativa de Cemex conducente a su consolidacion o afianzamiento en el Municipio, bien por mejoras, reformas o ampliacion de sus instalaciones, dependencias industriales y explotaciones de recursos naturales realizadas de acuerdo con la normativa al efecto, que asegure su competitividad y consecuentemente su permanencia y continuidad. Con este objetivo la actuación del Ayuntamiento, en todo momento, se atendrá al cumplimiento de la legalidad vigente reguladora de la materia o materias planteadas, en cada caso concreto.

-Dar la máxima prioridad en la tramitacion de cualquier solicitud presentada por CEMEX en el Ayuntamiento, que sea competencia de éste y destinada al desarrollo industrial referido en el apartado anterior.

-. A considerar o estudiar, a efectos meramente informativos, cualquier información o estudio, sobre aplicaciones, innovaciones científicas, o tecnológicas que puedan ser de interés en relacion con la valorización de residuos en la industria cementera y que CEMEX, a través de su fábrica de Morata de Jalon, pueda trasladarles en razón de su importancia, en relacion con una eventual aplicación.


COMPROMISOS DE CEMENTOS MORATA:

.- CEMEX dentro del espíritu de colaboración que viene manteniendo con el Ayuntamiento, en cuyo Municipio tiene un establecimiento industrial dedicado a la fabricación y expedición de cemento, además de otras instalaciones, se compromete a:
-Entregar con carácter voluntario, un màximo de SETECIENTAS CINCUENTA TONELADAS ANUALES (750 t/a.) de cemento tipo CEM II/A-L 32,5, o equivalente que lo sustituya, a granel o en sacos para su uso directo en obras municipales o declaradas de interès publico municipal por el Ayuntamiento. Por anual se entiende con duracion de un año, del 1 de Enero al 31 de Diciembre.

Las entregas de cementos se efectuaràn al Ayuntamiento en dias laborables, excepto sábados, en el punto de carga o expedicion de la fàbrica de Morata sobre camion adecuado propiedad del Ayuntamiento o contratado por cuenta de éste, y en partidas superiores a 12 t. siempre contra la entrega de un vale en la porteria de la fàbrica, que antes se habrà retirado de las oficinas de fàbrica (en horario de 8 a 14 horas) previa presentacion en esta de un documento convenientemente diligenciado por la Secretaria del Ayuntamiento que acredite suficientemente la peticion. Las entregas cada año tendràn como limite la cantidad fijada anual, no siendo en ningun caso acumulables para años sucesivos las cantidades de cemento anuales no retiradas, ni convertibles en dinero.

-Prestar ayuda al Ayuntamiento en aquellos asuntos de índole técnica en que lo solicite y en los que pueda colaborar con sus técnicos en función de su disponibilidad. Teniendo en cuenta que, en este tipo de colaboración o prestación, no asumirán ninguna responsabilidad de índole técnica o económica, partiendo que la prestación se efectuará siempre bajo el principio de la buena fe.
-. Colaborar a través de LA FUNDACION CEMEX ESPAÑA, con una cantidad anual de TRES MIL DOSCIENTOS EUROS (3.200,00 EUROS)a los actos correspondientes a las Fiestas Patronales de Morata de Jalon (San Roque).

-. Colaborar con el Ayuntamiento en aquellos actos de tipo cultural en que lo solicite, con el personal técnico de la fábrica de cementos, siempre que sea posible, en: seminarios, conferencias, coloquios etc.

.- CEMEX procurará contratar trabajadores de Morata de Jalón, de acuerdo con las necesidades de la fábrica y siempre que acrediten la formación mínima requerida para el puesto a ocupar y siguiendo en todo momento los criterios de selección.



VIGENCIA DEL CONVENIO:

Este convenio, una vez firmado y ratificado por el Pleno Municipal, entrarà en vigor a partir de 1º de Enero del 2008, teniendo vigencia hasta el 31-12-2011.



RESOLUCIÓN:

Este convenio quedarà resuelto automàticamente por incumplimiento de su contenido total o parcial. Para ello bastarà con que cualquiera de las partes lo evidencie y lo notifique por escrito a la otra independientemente de cualquier otra acción que se pudiera tomar. El supuesto de resolución no implica ningùn tipo de compensacion.
CONVENIOS ANTERIORES:


Con la suscripción de este Convenio quedan sin efecto todos los Convenios anteriores a la fecha de entrada en vigor del presente.”


Acto seguido se abre el debate por la Sra. Alcaldesa. Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Rosa Maria Aznar, manifestandose en los siguientes términos: “Es un convenio mejorado en toneladas de cemento, pero creo que sería conveniente negociar un convenio de más enjundia. Hay una importante perspectiva con la empresa CEMEX de aportación de una importante cantidad de dinero para colaborar en la financiación de una obra municipal, pero este asunto sería objeto de otro Convenio.A continuación Toma la palabra el Sr. Concejal D. Frco. Sancho: “Creo que se ha sacado a debate una cuestión que tendría que ser objeto de otra Sesión Plenaria o moción, el convenio es el mismo que otros años pero mejorado en un 20% de cemento. La valorización energética de residuos será objeto de otro asunto en otro Pleno. En todo caso el texto del convenio lo habéis tenido en vuestro poder y podíais haber propuesto una modificación en su contenido.”

Interviene la Sra. Alcaldesa: “Con este convenio no abrimos ninguna puerta a la incineración o valorización de otro tipo de residuos”.

El problema que se plantea en el Convenio que se negocia es el tema de la “valorización energética de las harinas cárnicas”, se trata más bien de un eufemismo, por lo tanto nuestra propuesta es modificar la frase “biomasa de origen natural” procediendose por la Sra. Concejala a la lectura íntegra del texto que se propone con carácter alternativo.
Igualmente el párrafo que dice: “A considerar o estudiar, a efectos meramente informativos, cualquier información o estudio, sobre aplicaciones, innovaciones científicas, o tecnológicas que puedan ser de interés en relacion con la valorización de residuos en la industria cementera y que CEMEX, a través de su fábrica de Morata de Jalon, pueda trasladarles en razón de su importancia, en relacion con una eventual aplicación.”, se propone su sustitución por un texto alternativo que la Sra. Concejala procede a dar lectura.

Acto seguido toma la palabra el Sr. Concejal D. Oscar Embid: “No se va a aprobar ningún tipo de quema o incineración que no sea estrictamente con biomasa de origen natural y creemos que esta cláusula se tendría que plasmar expresamente en el Convenio.”Terminado el debate, la Corporación Municipal en votacion ordinaria y por cinco votos a favor, de los Srs. Concejales D. Frco. Sancho, D. Antonio Gomez, Dª Maria Luisa Torcal y Dª. Angela Gil, y la Sra. Alcaldesa Dª. Cristina Andres, que suponen mayoria absoluta del número legal de miembros integrantes de la Corporación Municipal, y cuatro votos en contra de los Srs. Concejales Dª. Rosa Aznar, D. Oscar Embid, Dª. Ivana Mainar y D. Jose Antonio Orce, adoptò el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el Covenio de Colaboracion entre el Ayuntamiento de Morata de Jalon y la Empresa "CEMEX ESPAÑA S.A.", en los tèrminos manifestados en la parte expositiva del presente acuerdo Plenario.
SEGUNDO: Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, Dª. Cristina Andres Ostariz, para que proceda a la firma del citado documento, en nombre y representacion del Ayuntamiento de Morata de Jalon, procediendose a dicha firma exclusivamente entre la
Sra. Alcaldesa en representacion del Ayuntamiento y el Sr. Director de la Empresa, D. Carlos Doménech Jordá, en nombre y representacion de “CEMEX ESPAÑA S.A.”


TERCERO: Notificar certificacion del presente acuerdo plenario a la empresa "CEMEX ESPAÑA S.A." para su constancia y efectos.
5º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, CONCLUSIONES ELABORADAS POR LA COMISIÓN TÉCNICA DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA “AGENDA 21 LOCAL”.


Toma la palabra la Sra. Alcaldesa explicando, en términos generales, qué es la Agenda 21 Local, en los siguientes términos: El Plan de acción Local es un documento que define las líneas de actuación para el desarrollo de una correcta política municipal que responda al compromiso de la Corporación Local para la promoción de un desarrollo sostenible.
El documento del “PLAN DE ACCIÓN LOCAL DEL MUNICIPIO DE MORATA DE JALÓN”, tiene como objetivo promover el desarrollo del Municipio en criterios económicos, sociales y ambientales sostenibles.
En este sentido, para poder elaborar un adecuado PLAN DE ACCIÓN, se han tomado como base las aportaciones derivadas del diagnóstico técnico, del diagnóstico cualitativo y de las Entidades Locales, que a través del análisis de los aspectos estructurales y ambientales, permite conocer la situación real del municipio y así poder planificar el futuro sostenible de Morata de Jalón, siéndo en todo caso, requisito legal y previo necasario, que la propuesta del PLAN DE ACCIÓN LOCAL debe ser aprobado por el Pleno Municipal.
Dicha propuesta en su formulación inicial se basaba en los siguientes aspectos fundamentales:

1º.- Construcción de un polígono industrial.
2º.- Fomento del turismo natural y cultural.
3º.- Creación de un servicio de asesoría de orientanción empresarial.
4º.- Freno a la construcción del embalse y el trasvase.
5º.- Oferta de viviendas para jóvenes y personas de fuera del Municipio.
6º.- Creación de una bolsa municipal de viviendas de alquiler.
Finalizada su exposición la Sra. Alcaldesa abre el debate. Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Rosa Maria Aznar: “Antonio nos entregó el PLAN DE ACCIÓN LOCAL dentro del progama de la Agenda Local 21, después de todo un proceso en el que tuvo lugar una gran participacion asamblearia, pero no necesariamente el Pleno
Municipal tiene que aprobar esta propuesta que se ha formulado, porque no es vinculante. El PSOE propone aprobar la propuesta tal cual está formulada excepto la actuación del pantano de Mularroya, y la CHUNTA propone que se apruebe EL PLAN DE ACCIÓN tal y como está formulado, respetando sus términos literales, después de todo el proceso de participación y colaboración ciudadana, sin excluir ninguno de sus puntos.”

Finalizado el debate, la Corporación Municipal en votacion ordinaria y por cinco votos a favor, de los Srs. Concejales D. Frco. Sancho, D. Antonio Gomez, Dª Maria Luisa Torcal y Dª. Angela Gil, y la Sra. Alcaldesa Dª. Cristina Andres, que suponen mayoria absoluta del número legal de miembros integrantes de la Corporación Municipal, y cuatro votos en contra de los Srs. Concejales Dª. Rosa Aznar, D. Oscar Embid, Dª. Ivana Mainar y D. Jose Antonio Orce, adoptò el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el PLAN DE ACCIÓN LOCAL DEL MUNICIPIO DE MORATA DE JALÓN, en los términos elaborados en la propuesta formulada y elaborada por la comisión técnica de seguimiento del programa “Agenda Local 21” (Ayuntamiento de Morata de Jalon, Exma. Diputación Provincial de Zaragoza, Fundación Ecología y Desarrollo y la Empresa Geyges 2001 S.L.), incluyendo dentro del mismo las ACCIONES que a continuación se describen:
1º.- DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE UN POLÍGONO INDUSTRIAL: Identificación de los sectores a los que se debe dirigir dicho polígono y búsqueda activa de posibles empresas para su instalación en el mismo. Promoción en el sector empresarial.
2º.- FOMENTO DEL TURISMO NATURAL Y CULTURAL: El patrimonio cultural (Palacio de los Condes……) y natural (zona de escalada, rutas ciclistas…) ha de ser fomentado y explotado como fuente de ingresos y empleo para el municipio. Acondicionamiento y señalización de las zonas de interés natural y cultural, edición de guías informativas y creación de un taller de empleo destinado a formar a guías de la naturaleza y expertos en el sector turístico.
3º.- CREACIÓN DE UN SERVICIO DE ASESORÍA DE ORIENTACIÓN EMPRESARIAL, para jóvenes emprendedores y empresarios, identificando las necesidades de la población, realizando jornadas formativas y coordinación comarcal para crear un servicio común de asesoría.
4º.- OFERTA DE VIVIENDAS PARA JÓVENES Y PERSONAS DE FUERA DEL MUNICIPIO: Creación de un instituto municipal de la vivienda que saque a concurso la construcción de viviendas en terreno municipal, creación de una bolsa municipal de viviendas de alquiler para las personas que se desplazan a Morata de Jalón por motivos laborales, fomento del cooperativismo desarrollando jornadas informativas sobre experiencias similares en otras ubicaciones de Aragón y apoyo municipal a la constitución de cooperativas inmobiliarias.
SEGUNDO: Remitir certificación del presente acuerdo Plenario al órgano gestor de la Agenda Local 21 del Municipio de Morata de Jalón para su constancia.

6º.- CONTESTACIÓN PETICIÓN FORMULADA POR EL VECINO DE ESTA LOCALIDAD D. CECILIO GARZA.

Toma la palabra la Sra. Alcaldesa, dando cuenta del escrito remitido al Ayuntamiento por el vecino de la Localidad, D. Cecilio Garza Trasobares, con fecha 28 de Agosto del 2007 (reg. de entrada nº 545), en el que expone que es propietario de una finca rústica (monte), procedente de los propios del Municipio de Chodes, en la partida denominada “Jabacín” de 380 hectáreas de superficie, inscrita a su nombre en el registro de la Propiedad de la Almunia de Doña Godina, detectando que, en dicha finca de su propiedad, se llevó a cabo por el Ayuntamiento de Morata de Jalón la plantación de árboles y la instalación de un sistema de riego a goteo, tanto en el camino perteneciente a la finca como en las parcelas nº 125, 267, 416, 417 y 419 del Poligono nº 4 del Término Municipal de Chodes, sin que en ningún momento fuese consultado para dar su autorización a dichas actuaciones. Haciendo constar que, la principal dedicación de la finca es la explotación agrícola y ganadera, pudiendo perjudicar la plantación de dichos árboles el tradicional uso de la finca como pasto ganadero y que la instalación del riego a goteo supone un peligro por su ubicación lateral y transversal al camino, tanto para las personas y animales, como para los vehículos que circulan por el mismo.
En base a lo expuesto, solicita la retirada de la totalidad de la instalación del sistema de riego a goteo y se proceda al trasplante de los árboles.
Tras la exposición de los hechos, la Sra. Alcaldesa se manifiesta en los siguientes términos: “La postura del Ayuntamiento y del equipo de gobierno, es que en absoluto, estamos en contra de los árboles, ni estamos en contra de regarlos, es más, se ha ordenado a los empleados municipales que los rieguen dos veces por semana. En todo caso el Ayuntamiento está a favor de plantar árboles en terreno municipal o privado, pero en este último caso, con autorización expresa del propietario del terreno o finca de que se trate. Por tanto la propuesta del equipo de gobierno es retirar el sistema de riego a goteo pero mantener los árboles que se plantaron en su día, intentando que no les afecte esta situación, y en definitiva parece que sólo hay ocho árboles secos de los más de setenta que se plantaron”.
Toma la palabra el Sr. Concejal D. Oscar Embid manifestandose en los siguientes términos: “Lo único que pedimos es que los árboles no se sequen”. Se contesta por la Sr. Alcaldesa que se ha dado orden de que todos los jueves se riegen.
Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Maria Luisa Torcal, manifestandose en los siguientes términos: “Te recrimino Oscar. Los árboles son sagrados, pero siempre y cuando estén puestos en terreno municipal, pero los habéis plantado en caminos rurales (como es el camino de acceso al rocódromo), que además pertenece al Término Municipal de Chodes y en terrenos de propiedad privada, sin pedir previamente autorización al Ayuntamiento de Chodes ni permiso al propietario de los terrenos donde se han plantado los árboles.”

Tras la exposición de los hechos, la Sra. Alcaldesa se manifiesta en los siguientes términos: “La postura del Ayuntamiento y del equipo de gobierno, es que en absoluto, estamos en contra de los árboles, ni estamos en contra de regarlos, es más, se ha ordenado a los empleados municipales que los rieguen dos veces por semana. En todo caso el Ayuntamiento está a favor de plantar árboles en terreno municipal o privado, pero en este último caso, con autorización expresa del propietario del terreno o finca de que se trate. Por tanto la propuesta del equipo de gobierno es retirar el sistema de riego a goteo pero mantener los árboles que se plantaron en su día, intentando que no les afecte esta situación, y en definitiva parece que sólo hay ocho árboles secos de los más de setenta que se plantaron”.

Toma la palabra el Sr. Concejal D. Oscar Embid manifestandose en los siguientes términos: “Lo único que pedimos es que los árboles no se sequen”. Se contesta por la Sr. Alcaldesa que se ha dado orden de que todos los jueves se riegen.
Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Maria Luisa Torcal, manifestandose en los siguientes términos: “Te recrimino Oscar. Los árboles son sagrados, pero siempre y
Toma la palabra la Sra. Concejala Dª. Rosa Maria Aznar: “Hablamos, en su momento, con Cesar, el Alcalde de Chodes, y nos dijo que no había problemas, pensando siempre que era un camino vecinal, pero nunca pensé que era (al menos en parte) un camino privado, propiedad de Cecilio Garza, y cuando me enteré le dijimos si quería que le pidieramos autorización.”

Acto seguido toma la palabra el Sr. Concejal D. Frco. Sancho: “Se alude a los escritos de Garza solicitando al Ayuntamiento quitar el sistema del riego a goteo y también los árboles. La propuesta formulada por la Sra. Alcaldesa es quitar el riego pero no los árboles. Se trata de una solución salomónica y en todo caso el propietario afectado, Cecilio Garza, tiene potestad para ejercer las acciones legales que considere”.
Finalizado el debate, la Corporación Municipal en votación ordinaria y por nueve votos a favor, que suponen, en todo caso, unanimidad del nº legal de miembros integrantes de la misma, adoptó el siguiente acuerdo
PRIMERO: En relación con el escrito remitido a este Ayuntamiento por el vecino de la Localidad D. Cecilio Garza Trasobares, con fecha 28 de Agosto del 2007 (reg. de entrada nº 545 de igual fecha), cuyo contenido se transcribe literalmente en la parte expositiva del presente acuerdo plenario, se acuerda acceder a la petición formulada por el interesado en el escrito de referencia en lo relativo a la retirada de la totalidad de la instalación del sistema de riego a goteo que realizó este Ayuntamiento en una finca propiedad del reclamante, en concreto “finca rústica (monte), procedente de los propios del Municipio de Chodes, en la partida denominada “Jabacín” de 380 hectáreas de superficie, inscrita a su nombre en el registro de la Propiedad de la Almunia de Doña Godina,”.
No obstante, en relación con la segunda petición formulada por el solicitante, D. Cecilio Garza Trasobares, se acuerda mantener los árboles plantados, procurando atender y controlar su estado de conservación en condiciones idóneas evitando en todo lo posible que lleguen a secarse, por considerar que se produciría un perjuicio mayor de carácter medio-ambiental y de impacto visual si se procede a la tala o arrancado de dichos árboles que manteniendoles en adecuadas y óptimas condiciones de conservación.
SEGUNDO: Notificar certificación del presente acuerdo plenario al interesado, D. Cecilio Garza Trasobares, con indicación de los recursos que, en su caso, proceda ejercer en defensa de sus derechos e intereses.
7º.- CONCESIÓN, SI PROCEDE, BADENES PERMANENTES.

Se da cuenta por Presidencia de la solicitud presentada por D. Daniel Martinez Ramos, relativa a la solicitud de autorizacion para la instalacion de un baden permanente en edificio (garaje) de su propiedad sito en C/ Lanuza nº 16, haciendo constar la existencia de informe favorable emitido al respecto por el Aparejador municipal, D. Rafael Sanchez Jimenez, con fecha 5 de Septiembre del 2007, en el que se hacen constar los siguientes condicionamientos:
“.- No se podrá invadir la calzada con rampas, tablones Etc.”
Tras breve deliberacion, la Corporacion Municipal, en votacion ordinaria y por 9 votos a favor, que suponen unanimidad del nº legal de miembros integrantes de la Corporación Municipal, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Conceder autorizacion al solicitante, D. Daniel Martinez Ramos, para la instalacion de un baden permanente en edificio (garaje) de su propiedad sito en C/ Lanuza nº 16, del Municipio de Morata de Jalon.
SEGUNDO: Imponer como obligacion contributiva una tarifa por importe de 3,00 euros/metro lineal, con devengo anual, en concepto de tasa por entrada de vehiculos a traves de las aceras, segun lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 10 (artc. 14) vigente en este Municipio.
TERCERO: Notificar certificacion del presente acuerdo plenario al peticionario D. Daniel Martinez Ramos, junto con la liquidacion correspondiente en concepto de tasa, e indicación de los recursos que procedan en derecho.
Se da cuenta por Presidencia de la solicitud presentada por D. Juan Manuel Martinez, relativa a la solicitud de autorizacion para la instalacion de un baden permanente en edificio (garaje) de su propiedad sito en C/ Barranco Eras s/n haciendo constar la existencia de informe favorable emitido al respecto por el Aparejador municipal, D. Rafael Sanchez Jimenez, con fecha 5 de Septiembre del 2007, en el que se hacen constar los siguientes condicionamientos:
“.- No se podrá invadir la calzada con rampas, tablones Etc.”
Tras breve deliberacion, la Corporacion Municipal, en votacion ordinaria y por 9 votos a favor, que suponen unanimidad del nº legal de miembros integrantes de la Corporación Municipal, adoptó el siguiente acuerdo:

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